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Tribunal Constitucional prohíbe a municipios multar y usar grúas para remolcar autos mal estacionados

La Defensoría del Pueblo saludó que el Tribunal Constitucional (TC) haya declarado fundada su demanda impuesta contra las municipalidades que utilizan grúas para remolcar autos. La sentencia indica que los municipios no tiene competencia para dicha acción.

TC prohíbe a municipios utilizar grúas para remolcar autos mal estacionados.
TC prohíbe a municipios utilizar grúas para remolcar autos mal estacionados. (Foto: Difusión)

09/07/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/07/2025

El Tribunal Constitucional emitió un nuevo fallo contra nueve municipalidades, las cuales habían emitido ordenanzas que no están dentro de sus funciones. Esto data del año 2023, cuando la Defensoría del Pueblo presentó una demanda ante dicho organismo, señalando que las comunas estaban tomándose atribuciones que no les competen.

Los municipios de Breña, Carabayllo, El Agustino, Independencia, La Molina, Magdalena del Mar, Miraflores, Rímac y San Borja iniciaron el levantamiento de vehículos mal estacionados a través de grúas. Dicha práctica fue señalada como inconstitucional de acuerdo a esta sentencia.

TC prohíbe a municipalidades usar grúas para remolcar autos

De acuerdo al fallo del Tribunal Constitucional, la regulación del tránsito en todo el Perú es única y exclusiva responsabilidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Eso sí, el organismo dejó en claro que las municipalidades provinciales cuentan con la facultad de sancionar e infraccionar a los vehículos que incumplan su reglamento.

"La supervisión y sanción de infracciones corresponde a las municipalidades provinciales, en coordinación con la Policía Nacional del Perú (PNP). En consecuencia, se reafirma que las municipalidades distritales no están facultadas para crear infracciones ni imponer sanciones adicionales a las ya contempladas en la normativa nacional", indica el comunicado de la Defensoría.

Defensoría no está en contra del trabajo municipal

Otro punto que dejó en claro la Defensoría fue que no se oponen al trabajo municipal que busca regular tránsito y mantener en orden en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, la entidad precisó que este trabajo se tiene que hacer dentro de las facultades que la Constitución les otorga.

Además, pidieron que cada una de las ordenanzas emitidas sean publicadas en extenso a través de sus canales oficiales.

"El Tribunal señala que las ordenanzas deben ser publicadas íntegramente, incluyendo sus anexos, en los portales institucionales o en el sitio web del Estado, como medida indispensable para garantizar los principios de publicidad y transparencia", añadió.

Por último, la entidad presidida por Josué Gutiérrez pidió a las comunas derogar de manera inmediata ante este reciente fallo.

"Por ello, exhorta a las municipalidades distritales involucradas a dejar sin efecto las ordenanzas declaradas inconstitucionales y a adecuar sus actuaciones al principio de legalidad, a fin de evitar nuevos perjuicios a la población", finalizó.

De esta manera, la Defensoría del Pueblo saludó el fallo del Tribunal Constitucional que prohíbe a las municipalidades utilizar grúas para remolcar autos mal estacionados dentro de su jurisdicción.

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