Judiciales
Marcan límite

PJ le dijo al CAL que no tenía competencia para analizar a la JNJ, señala Wilber Medina

Luego de que el PJ acogiera la medida cautelar de Gino Ríos y declarase nulos los procesos del Colegio de Abogados, su abogado Wilber Medina recordó que la entidad no puede analizar la labor de la Junta Nacional de Justicia.

12/08/2026 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 12/08/2026

El Poder Judicial resolvió declarar fundada en parte la medida cautelar presentada por Gino Ríos Patio, miembro de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), y ordenó suspender provisionalmente su condición de agremiado en el Colegio de Abogados de Lima (CAL).

La decisión implica que todo procedimiento disciplinario iniciado por el CAL contra él queda sin efecto, al haberse reconocido la validez de su renuncia presentada meses atrás.

CAL no tenía competencia para analizar a miembros de la JNJ

Tras conocerse la resolución, el abogado penalista Wilber Medina explicó en diálogo con Exitosa que el fallo del Poder Judicial no solo protege a Ríos de procesos disciplinarios, sino que también envía un mensaje claro al CAL.

"El Poder Judicial le ha dicho al Colegio de Abogados, a la Comisión de Ética y a la señora Delia Espinoza que carecen de competencias para analizar deontológicamente la actividad de los miembros de la Junta".

Medina enfatizó que el gremio "no tiene nada que hacer ni tiene competencia para evaluar el buen proceder de la función pública de los miembros de la JNJ", subrayando que esa es la esencia del pronunciamiento judicial.

Proceso disciplinario no le corresponde

La resolución del Décimo Juzgado Constitucional de Lima establece que el acuerdo del CAL en mayo de 2026 para rechazar su desafiliación y cualquier acto posterior sobre la base de la condición de agremiado de Ríos carecen de validez. El tribunal enfatizó que, al haber renunciado el 23 de marzo, no corresponde que se le someta a procesos disciplinarios dentro del gremio.

La medida cautelar busca preservar la situación jurídica  del magistrado mientras se resuelve el proceso principal de amparo, evitando un daño irreparable en caso de que se continuaran procedimientos contra alguien que ya no pertenece al colegio profesional.

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La batalla con el Consejo de Ética

El origen de todo se remonta a octubre de 2025, cuando el Consejo de Ética del CAL admitió una denuncia contra cinco miembros de la JNJ, incluido Ríos, por presuntas faltas éticas relacionadas con la reincorporación de Patricia Benavides como fiscal de la Nación.

A pesar de que Ríos presentó su renuncia en marzo de 2026, el CAL aprobó en mayo un acuerdo que mantenía su condición de agremiado y continuó con procesos disciplinarios. Esta decisión fue cuestionada por la defensa, que alegó vulneración de la libertad de asociación.

Defensa confirma decisión del PJ

El abogado de Ríos, Wilber Medina, celebró la decisión del Poder Judicial y subrayó que su patrocinado ya no era miembro del CAL, por lo que resultaba carente de validez que se pretendiera sancionarlo. La confirmación de la medida cautelar la compartió también en sus redes, donde destacó que los procedimientos adoptados contra el magistrado sobre la base de dicha condición quedaban nulos.

Con esta resolución, el Poder Judicial suspende cualquier proceso disciplinario del CAL contra Gino Ríos, reconociendo su renuncia y dejando sin efecto actos posterior, garantizando que mientras dure el proceso de amparo no pueda ser sancionado por un gremio al que ya no pertenece.

El desenlace marca un punto clave en la situación personal de Ríos, quien queda libre de procesos disciplinarios mientras se define el caso en sede constitucional.

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