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Tras informe

Víctor Polay Campos: CIDH declara admisible denuncia de terrorista contra el Estado Peruano

La CIDH indicó que el propósito de declarar admisible la denuncia del terrorista, Víctor Polay Campos, contra el Estado Peruano es determinar si las autoridades judiciales vulneraron sus derechos.

Víctor Polay Campos.
Víctor Polay Campos. (Difusión)

30/08/2023 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 31/08/2023

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró admisible la denuncia que presentó el excabecilla terrorista del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), Víctor Polay Campos, contra el Estado Peruano.

A través de un informe, la entidad internacional indicó que el propósito es determinar si las autoridades judiciales vulneraron los derechos de integridad personal, garantías judiciales, principio de legalidad y no retroactividad y protección judicial de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

"El propósito no es determinar la inocencia o culpabilidad del señor Polay Campos, sino definir si las autoridades judiciales han afectado o no obligaciones estipuladas en la Convención, en particular el deber de motivación, el principio de presunción de inocencia, principio de legalidad y el derecho a la protección judicial", escribieron. 

Además, la CIDH apuntó que continuará con el análisis del fondo de la materia, decisión la cual será publicada en el  Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.

"Notificar a las partes la presente decisión; continuar con el análisis del fondo de la cuestión; y publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos", añadieron. 

Fundamentos

De acuerdo a la defensa de Polay Campos, en el Penal de Yanamayo el terrorista sufrió "tratos crueles, inhumanos y degradantes" y aseguró que estuvo encarcelado en una celda sin puertas ni ventanas.

"Los peticionarios alegan que en la citada prisión militar el señor Polay Campos sufrió tratos crueles, inhumanos y degradantes; que estuvo confinado en una celda con la estructura de una tumba, sin puertas ni ventanas, con solamente una abertura en el techo, donde se introducía al recluso", mencionaron. 

Asimismo, los abogados del excabecilla del MRTA señalaron que durante una audiencia que ocurrió el 3 de abril de 1993 un grupo de personas "con uniformes" lo golpearon y le aplicaron descargas eléctricas, con el propósito de que se arrepintiera de sus crímenes,

"El 3 de abril de 1993 las autoridades llevaron al Sr. Polay a la sala de audiencias del Penal de Yanamayo, donde un tribunal sin rostro lo condenó a cadena perpetua, en un proceso que apenas duró dos días. Se alega que durante la audiencia un grupo de personas con uniforme lo golpeó y le aplicó descargas eléctricas, ordenándole que se arrepintiera de sus crímenes", agregaron.

Por estos motivos, la CIDH declaró admisible la denuncia que presentó el excabecilla terrorista del MRTA, Víctor Polay Campos, contra el Estado Peruano.

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