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Política

COVID-19: Habrá hasta 20 años de cárcel para los que no acaten medidas

El premier, Vicente Zeballos, dijo que obviar lo dispuesto por el Ejecutivo ante el coronavirus representa un delito, según el Código Penal y la Constitución Política.

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14/03/2020 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

El primer ministro, Vicente Zeballos, dejó en claro ayer que aquellas personas o empresas que hagan caso omiso y no acaten las medidas preventivas que ha dado el Gobierno para controlar el avance del coronavirus (COVID-19) en el país, caerán en incumplimiento y eso puede representar un delito que, según el caso, demandaría hasta 20 años de cárcel.

Zeballos habló del tema como parte de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel contra el coronavirus y ahí el presidente del Consejo de Ministros resaltó que hay “un sector” que, pese a las recomendaciones y decisiones dadas, todavía se hace el desentendido con todo lo dispuesto por el Ejecutivo.

“En esta serie de medidas, sin embargo, hay una parte de la ciudadanía que se ha mostrado renuente a la aplicación y puesta en vigencia dentro del marco regulatorio excepcional”, consideró el premier.

Por ello, el primer ministro hizo hincapié en algo puntual: si dichas personas o empresas reiteran ese tipo de actitudes, entonces esa acción se establecerá como un ilícito penal -estipulado en el Código Penal, en su artículo 289- que impone la pena privativa de la libertad por hasta 20 años en caso de gravedad.

“Le recordamos a la ciudadanía que cualquier incumplimiento al marco legal está implicado en ilícitos de orden penal, según el artículo 289 del Código Penal”, aseguró Zeballos.

En ese sentido, el titular de la PCM explicó que esa pena máxima se aplica en un caso particular: si es que una persona, con el conocimiento previo necesario, hace acciones que lleven a propagar una enfermedad contagiosa, como lo es el COVID 19. Luego, el tiempo de la condena en prisión varía de acuerdo a la gravedad del caso.

Respalda Carta Magna

Además, Zeballos justificó su advertencia en un tema crucial: la propia Constitución Política del Perú consagra al bienestar público como una prioridad nacional. Así, un delito de ese tipo, obviar lo dispuesto por el Gobierno ante el avance del coronavirus, vulnera una disposición establecida en la Carta Magna.

“Las medidas son de carácter excepcional y acá debe primar el interés público, que se consigna en la Constitución del Estado”, comentó Zeballos.

FISCALÍA Y LA PNP ATENTOS

El presidente del Consejo de Ministros reveló que el Ministerio Público y la Policía Nacional velarán para que las disposiciones del Gobierno se cumplan en su totalidad. “Se harán trabajos aleatorios entre fiscales y jueces y los integrantes de la Policía Nacional para que estas medidas sean debida y oportunamente cumplidas”, añadió.