28/12/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 28/12/2025
Tras la publicación de la Ley Nº 32537, que amplía la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) hasta el 31 de diciembre del 2026, el Gobierno ha establecido nuevos requisitos para mineros en vías de formalización, que incluye un censo nacional.
Durante este periodo de un año, el Ministerio de Energía y Minas (Minem), ente encargardo del proceso, coordinará con los gobiernos regionales el acompañamiento técnico a operadores mineros, el fortalecimiento institucional y la supervisión ambiental y social.
Estas acciones buscan asegurar la seguridad jurídica de los mineros en proceso de formalización y la sostenibilidad de sus actividades para la transición ordenada hacia la legalidad.
Mineros serán censados y deberán reportar su ubicación real al Minem
La norma de ampliación del Reinfo ordena nuevas disposiciones complementarias, como la ejecución conjunta del Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, que será coordinado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), Minem y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet).
Según el documento, el censo deberá realizarse dentro de un plazo máximo de seis meses, contados desde la entrada en vigencia de la presente ley; y que debe concluirse en un periodo no mayor de 12 meses.

Por su parte, los titulares con inscripción en el Reinfo deberán llevar a cabo un proceso obligatorio de sinceramiento de la ubicación real de sus operaciones en un plazo máximo de 120 días calendario.
Es decir, estos mineros deberán reportar su ubicación de manera exclusiva en la Ventanilla Única de Formalización Minera del Minem.
Para ello, deberán presentar la información georreferenciada y documentada que permita verificar la ubicación exacta del yacimiento, área de operación y las actividades que desarrollan.
En tanto, el Minem validará la información brindada de manera técnica y objetiva, y podrá requerir aclaraciones o información adicional cuando corresponda.
La participación de gobiernos regionales en el proceso
Además, la nueva ley ordena que los gobiernos regionales tienen un plazo máximo de 60 días calendario para transferir al Minem la totalidad del acervo documentario vinculado al proceso de formalización minera integral.
Los documentos incluyen expedientes físicos y digitales, bases de datos, informes técnicos, resoluciones, comunicaciones y cualquier otro documento relacionado. De incumplir esta obligación, se genera responsabilidad funcional para los servidores y funcionarios competentes, conforme a la normativa vigente.
Finalmente, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) establecerá los reglamentos para verificar que los titulares inscritos en el Reinfo cumplan con la incorporación de sus trabajadores en planilla, en un plazo no mayor de 60 días a partir de la entrada en vigor de la ley.

