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Política

“No nos queda más que dar cumplimiento a fallo de la CIDH”, señala abogado de Fujimori

Elio Riera señaló sentirse consternado con la decisión de la Corte IDH.

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08/04/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

¡Atención! Luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señalara este viernes que el Estado peruano se debe abstener de liberar a Alberto Fujimori, su abogado, Elio Riera, se pronunció al respecto e indicó que “no queda otra que acatar el fallo”.

“El Estado se encuentra adscrito a la Corte IDH, no nos queda como defensa más que dar cumplimiento a esto y tratar que se pueda, de alguna u otra forma, cumplir con lo que está solicitando”, señalo Riera en diálogo con Canal N.

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Con respecto a la resolución de la Corte IDH, el letrado señaló sentirse consternado puesto que que indicó que no se analizó con mayor profundidad el tema de la documentación médica.

“(Estoy) un poco consternado también con la forma de resolver porque de acuerdo a lo que he podido tomar conocimiento, indican que el Estado debe abstenerse de cumplir con una sentencia del Tribunal Constitucional; es decir se está dejando de lado la autonomía del máximo intérprete de la Constitución, que es lo más preocupante”, añadió.

RESOLUCIÓN DE LA CIDH SOBRE FUJIMORI

Este viernes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se pronunció sobre el indulto de Alberto Fujimori y señaló que el Estado peruano no debe acatar el fallo del Tribunal Constitucional que autoriza la liberación del expresidente Alberto Fujimori.

El Estado peruano debe de abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 1 de marzo de 2022, que restituye los efectos del indulto 'por razones humanitarias' concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre del 2017”, indica el órgano internacional.

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Asimismo, la corte precisa que el indulto otorgado a Alberto Fujimori no cumplió con las condiciones determinadas en la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia de 30 de mayo de 2018.

Además, se le solicita al estado peruano presentar -a más tardar el 13 de mayo del presente año- un informe “sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar en lo relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 17 de marzo del 2022 que restituye los efectos del indulto”.

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