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Política
Separación de poderes

Transparencia sobre investigación del Congreso a la JNJ: Hay problemas con la argumentación

En diálogo con Exitosa, el secretario general de la Asociación Civil Transparencia señaló que la Constitución permite al Congreso remover a los integrantes de la JNJ por "causa grave".

Congreso y JNJ.
Congreso y JNJ. (Composición Exitosa)

13/09/2023 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 13/09/2023

En diálogo con Exitosa, el secretario general de la Asociación Civil Transparencia, Iván Lanegra, se refirió a la investigación del Congreso de la República contra los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y advirtió que hay "problemas con la argumentación".

En conversación con el programa ''Exitosa Te Escucha'' conducido por Katyusca Torres Aybar y Pedro Paredes, el especialista precisó que la Constitución permite al Parlamento remover a los integrantes del colegiado "por causa grave"

"Hay dos problemas con la argumentación. La Constitución establece la posibilidad del Congreso de remover a los integrantes de la JNJ por causa grave. Debe ser por algo de esta magnitud y una contundencia de este calificativo. Los casos que se han planteado tienen graves problemas", declaró.

Asimismo, Lanegra indicó que la exhortación que realizó la Junta Nacional de Justicia al Poder Legislativo sobre el proceso de antejuicio y juicio político de la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, no es considerada una falta, ya que son frases que utilizan usualmente los poderes del Estado. 

"Es una exhortación, es una frase muy común entre poderes públicos. La propia fiscal de la Nación ha exhortado al Congreso a que se siga el debido proceso (...) Eso no es ni siquiera una falta", agregó.

Sobre edad de miembros en la JNJ 

Por otra parte, el secretario general de la Asociación Civil Transparencia señaló que se ha producido un vacío en el caso del cese de cargo de los miembros al cumplir los 75 años. 

"Podríamos discutir si hay un sentido jurídico válido para remover a una persona en virtud de lo que la condición señala (...) Para ser miembro de la Junta hay que tener hasta 75 años, pero luego la ley orgánica de esa misma institución no ha establecido como causal de vacancia el cumpir 75 años, entonces se ha producido un vacío", mencionó.

En esa misma línea, el especialista recordó que el expresidente del Tribunal Constitucional (TC), Erneto Blume, apuntó que el límite de edad sería para concursar y no como permanencia en el cargo. 

"Durante el concurso que se hizo para los miembros de la Junta, el entonces presidente del Tribunal Constitucional dijo expresamente que se entendía que se practicaba 75 años como una edad limite para concursar y no como permanencia", añadió. 

De esta manera, el secretario general de la Asociación Civil Transparencia indicó que la investigación del Congreso contra los miembros de la JNJ no cuenta con argumentos sólidos para remover a los miembros del colegiado.