02/10/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 02/10/2026
A días de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 que se llevarán a cabo el próximo 4 de octubre, los trabajadores de los sectores público y privado contarán con facilidades laborales especiales para participar en la jornada electoral, en caso tengan que viajar a provincia para emitir su voto.
Gobierno publica decreto supremo en favor de los trabajadores que votan en provincia
De acuerdo al Decreto Supremo Nº 014-2026-TR, las disposiciones buscan facilitar el cumplimiento de las funciones de los miembros de Mesa de Sufragio y garantizar el derecho al voto de quienes laboran lejos de su lugar de votación.
Asimismo, los trabajadores del sector público y privado que laboren en una provincia distinta al de su lugar de votación podrán no trabajar los días viernes 2, sábado 3, domingo 4 y lunes 5 de octubre, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto. Los días laborables no trabajados estarán sujetos a compensación.
En el sector privado, empleador y trabajador acordarán la forma de recuperación y, si no existe acuerdo, corresponderá a la empresa determinarla. En el sector público, las entidades establecerán las medidas de recuperación considerando sus necesidades y la continuidad de los servicios de interés general.
"El presente Decreto Supremo tiene por finalidad establecer medidas laborales que garanticen la participación en las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre de 2026, por parte de los ciudadanos que se desempeñen como miembros de Mesa de Sufragio durante el proceso electoral, que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, y que tengan jornadas de trabajo que coinciden con el día de las referidas elecciones", expresó el documento.

Miembros de mesa también tendrán facilidades
Según las medidas establecidas, los miembros de mesa designados por sorteo que hayan completado su capacitación y cumplan efectivamente con esta función tendrán derecho a un día de descanso remunerado no compensable, conforme a la Ley Orgánica de Elecciones. Este descanso deberá hacerse efectivo dentro de los 90 días posteriores a la elección, en la fecha acordada entre el trabajador y su empleador.
Finalmente, los trabajadores que voten en provincia cuyas jornadas coincidan con el domingo 4 de octubre tendrán periodos de tolerancia, sujetos a compensación, para acudir a votar. Si además cumplen funciones como miembros de mesa, podrán no laborar durante esa jornada, de acuerdo con las disposiciones específicas aplicables.

