RADIO EXITOSA 95.5 FM EN VIVO
Actualidad
¡Atención!

Influencers tendrán que colocar RUC en sus publicaciones a partir de julio

Tras una modificación a la Ley del Registro Único de Contribuyente (RUC) los influencers tendrán que incluir esta información en la publicaciones que realicen a través de sus redes sociales o plataformas digitales.

Influencers tendrán que colocar RUC en publicaciones a partir de julio.
Influencers tendrán que colocar RUC en publicaciones a partir de julio. (Difusión)

20/06/2023 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 20/06/2023

A partir del 1 de julio, los influencers, youtubers y toda persona natural o jurídica en nuestro país que se dedique a brindar servicios, vender o publicitar sus actividades usando las redes sociales y plataformas digitales tendrán que dejar constancia de su número de RUC en sus publicaciones.

''Las empresas y los sujetos que oferten bienes y servicios deben consignar sus números de RUC en toda la documentación utilizada en sus ofertas. Esta medida incluye a las ofertas realizadas vía plataformas digitales, tales como correos electrónicos y redes sociales'', se lee en la nota publicada por el diario El Peruano.

¿Cuál es el procedimiento?

Esta medida se establece según el el Decreto Legislativo 1524. Por ello, la disposición señala que, "en toda la documentación mediante la cual se oferten bienes y/o servicios, incluidos aquellos casos en que la oferta se realice utilizando plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles, entre otros".

Además, según lo establecido, "el número de RUC debe figurar acompañado del nombre o denominación o razón social del sujeto publicitado".

Con esto, se busca ubicar a más contribuyentes que se encuentren realizando actividades comerciales a través de las redes sociales o plataformas digitales. 

Sobre las multas

Si los influencers, youtubers o negocios incumplen con la disposición, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) podría aplicar una sanción al usuario con hasta 30% de una UIT, la cual equivale a S/1,485. 

La multa más alta aplicará para el usuario que genere Renta de Tercera Categoría, incluidos aquellos que pertenezcan al régimen mype tributario. Por otro lado, las personas naturales que se encuentren en el régimen especial de renta, la sanción que se aplicaría sería de hasta 15% de la UIT vigente. 

Canales remotos

''Con el objetivo de avanzar en el proceso de trasformación digital, el Gobierno publicó el Decreto Legislativo 1523, el cual modifica el Código Tributario, permitiendo el uso del canal remoto en los procedimientos tributarios''.

De esta forma, se establecen mecanismos de actuaciones remotas hacia los contribuyentes, ''permitiendo que las comparecencias, inspecciones, informes orales ante el Tribunal Fiscal y otros, puedan realizarse en entornos digitales como redes sociales y correo electrónico''.

Sin duda, esta nueva medida que insta a los influencers a colocar su RUC en todas las publicaciones que realicen a través de sus redes sociales o plataformas digitales a partir del 1 de julio, permitirá ubicar a más contribuyentes que realicen actividades similares dentro del Perú.

Temas relacionados Contribuyentes Redes Sociales Sunat