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MIMP informa pasos para tramitar asistencia económica para hijos de víctimas de feminicidio

Se tiene previsto beneficiar a 1140 víctimas indirectas del feminicidio, incluyendo los casos ocurridos desde el 2013.

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24/04/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

Mediante el Decreto Supremo n.° 089-2020-EF publicado en el diario El Peruano, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) transfirió al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) la suma de S/ 2 643 21600 con la finalidad de otorgar una asistencia económica a favor de las víctimas indirectas del feminicidio, contemplado en el Decreto de Urgencia n.° 005-2020.

Ante ello, el MIMP, a través del Programa Nacional Aurora, informa que se tiene previsto beneficiar a 1140 víctimas indirectas del feminicidio, incluyendo los casos ocurridos desde el 2013. Con esta medida se busca dar una asistencia económica a hijas e hijos menores de edad que quedaron en la orfandad y desamparo, así como las personas con discapacidad moderada o severa que hayan dependido económicamente y estado bajo el cuidado de la víctima.

Asimismo, se explica que, debido al Estado de Emergencia sanitaria, el proceso se inicia con el llenado del Formato de Solicitud de Otorgamiento de Asistencia Económica publicado en la página web del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (https://bit.ly/2Vrkgi6)y envío al correo [email protected].

Tras la elaboración del expediente y revisión de los documentos, la aprobación del otorgamiento de la asistencia económica será a través de la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Aurora, con el cual se aprueba la asistencia económica bimestral de S/ 600 por cada víctima indirecta del feminicidio.

Es importante señalar que la asistencia económica para alimentación, educación, salud física y mental, entre otros, de la víctima indirecta se otorgará dentro de los 45 días hábiles de recibida la solicitud de otorgamiento de la asistencia económica, de acuerdo con el Decreto de Urgencia n.° 005-2020.

El trámite es personal y no necesita de abogadas/os, pues como parte del compromiso del Programa Aurora, las/os especialistas ayudarán a los familiares a iniciar el proceso y juntar los documentos necesarios para la asistencia económica.

De acuerdo con el reglamento, la asistencia económica se mantendrá hasta que el beneficiario o beneficiaria cumpla 18 años de edad o culmine sus estudios superiores de manera satisfactoria.