24/09/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 24/09/2026
El Gobierno modificó el Reglamento de la Ley N.° 29837, que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec), mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU, publicado en el diario oficial El Peruano. La nueva norma establece cambios en los requisitos de acceso, criterios de selección, financiamiento y permanencia de los beneficiarios.
Uno de los principales ajustes está relacionado con el alto rendimiento académico. A partir de las nuevas disposiciones, esta condición comprende ubicarse en el tercio superior del grupo de comparación que determinen las bases de cada convocatoria.
Para las becas de maestría y doctorado, el reglamento establece como requisito mínimo haber pertenecido al quinto superior durante los estudios de pregrado. En el caso de los estudiantes de los Colegios de Alto Rendimiento (COAR), se considera que esta condición ya se encuentra acreditada.
Cambian requisitos para acceder a becas
El reglamento también precisa los criterios que permitirán determinar si un postulante cuenta con insuficientes recursos económicos. En el caso de las becas de posgrado, esta condición se configura cuando el ingreso mensual individual del postulante es igual o menor a cinco remuneraciones mínimas vitales.
Asimismo, las bases de cada concurso podrán considerar factores adicionales para la selección de beneficiarios, como los resultados de pruebas nacionales, la calidad de las instituciones educativas, los niveles de empleabilidad y la demanda laboral.
También se establecen nuevos impedimentos para postular. Entre ellos se encuentra haber recibido o renunciado a otra beca destinada a financiar el mismo nivel de estudios, salvo que no se haya obtenido un beneficio económico.
Tampoco podrán postular quienes se encuentren dentro del plazo para cumplir el Compromiso de Servicio al Perú o lo hayan incumplido, así como quienes hayan presentado información falsa que haya ocasionado la nulidad de un beneficio anterior.
El reglamento contempla además los conceptos que pueden ser financiados, de acuerdo con las bases de cada convocatoria. Estos pueden incluir matrícula, pensiones, alojamiento, alimentación, materiales de estudio, seguro médico y computadora portátil.
Estas son las nuevas obligaciones
Entre las obligaciones de los becarios se establece mantener un promedio ponderado aprobatorio en cada periodo académico, matricularse en los créditos previstos y alcanzar, como mínimo, el tercio superior durante sus estudios.
Los beneficiarios también deberán mantener actualizados sus datos de contacto y conservar un trato respetuoso con el personal del Pronabec.
La norma permite, bajo determinadas condiciones y por única vez, realizar cambios de carrera o institución educativa cuando existan causas atribuibles al centro de estudios que pongan en riesgo la continuidad de la formación.
En cuanto a los créditos educativos, se incorporan requisitos relacionados con la clasificación del solicitante en centrales de riesgo y la presentación de un garante, cuando corresponda. Además, se regulan situaciones como la suspensión, renuncia, ampliación del financiamiento, refinanciamiento de deudas y solicitudes de exoneración de intereses moratorios y gastos administrativos.
¿Cuándo se puede perder una beca?
Uno de los puntos centrales del nuevo reglamento corresponde a las causales de pérdida del beneficio. El artículo 34 establece que un becario puede perder la beca si desaprueba dos veces el mismo curso o cursos diferentes durante el periodo de duración del beneficio.
También constituye causal de pérdida obtener un promedio ponderado desaprobatorio en cualquier periodo académico. A ello se suma el retiro definitivo del estudiante de su institución educativa mediante un acto administrativo firme o equivalente.
Para los créditos educativos existen disposiciones similares. El beneficio puede perderse cuando el estudiante es retirado definitivamente de su institución, desaprueba dos veces un mismo curso o desaprueba todos los cursos correspondientes a un mismo ciclo.
Sin embargo, las disposiciones transitorias establecen reglas específicas para quienes ya tenían una beca adjudicada cuando entró en vigencia el nuevo reglamento. Estos beneficiarios podrán recibir financiamiento para cursos repetidos de pregrado, siempre que no hayan desaprobado más de dos veces el mismo curso. Además, a estos becarios no se les aplicará la nueva causal relacionada con desaprobar dos veces uno o diferentes cursos.
Con estas modificaciones, el Pronabec incorpora nuevos criterios para determinar quiénes pueden acceder a una beca, qué condiciones deben cumplir durante sus estudios y en qué circunstancias pueden perder el beneficio. La norma también amplía las posibilidades de financiamiento y establece disposiciones específicas para los becarios que ya contaban con una adjudicación antes de su entrada en vigor.

