24/10/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 24/10/2025
El Poder Judicial (PJ) resolvió en última instancia la demanda que interpuso la vacada expresidenta Dina Boluarte al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), institución en la que laboró desde 2007 hasta ejercer el cargo de vicepresidenta de la República.
Por dicha razón, la entidad estatal deberá pagarle a la exmandataria el monto total de más de S/239 mil por concepto de beneficios sociales acumulados durante su paso por la citada institución.
La demanda presentada por Dina Boluarte
La decisión del PJ fue adoptada tras una demanda interpuesta por la exjefa de Estado al considerar que su vínculo laboral no era de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) o locadora de servicio, sino que procedió a ser a plazo indeterminado.
En tal sentido, es por dicha razón que Boluarte Zegarra exigía que se le reconozca más de 428 mil soles por beneficios sociales y sindicales que no recibió desde 2007.
Cabre resaltar que, en primera instancia, el Poder Judicial le otorgó la razón parcialmente a la expresidenta por lo que fijó la compensación en más de 286 mil soles. Posteriormente, la Primera Sala Laboral Permanente de Lima modificó dicho monto y pasó a ser S/239.674,63.
Adicionalmente, cabe precisar que el mencionado monto económico integraba el concepto de CTS que era S/61.265, 63 y 178.409 soles de gratificaciones, vacaciones, escolaridad y los beneficios colectivos establecidos en las resoluciones de 2011 y 2012 entre el sindicato de Reniec y la institución.
Tras este fallo de segunda instancia, Reniec planteó un recurso de casación con el que buscó que se revocara el extremo que reconoce el pago de beneficios colectivos desde octubre de 2010 a noviembre de 2011 y de enero de 2015 en adelante. Por lo que la Corte Suprema dejó sin efecto los extremos solicitados por lo que la expresidenta recibirá 213.174,63 soles.

La decisión de la Corte Suprema
De acuerdo a la resolución a la que tuvo acceso Exitosa, la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria determinó que Boluarte Zegarra sí laboro de octubre de 2010 a noviembre de 2011 y de enero de 2015 en adelante.
Bajo esa premisa, se indica que "la demandante, en su condición de Jefe de Oficina, no solo era quien representaba la figura del empleador en la oficina registral bajo su cargo, sino que realizaba informes y/o reportes para el Jefe Regional", por lo que no le correspondía ser pagada por beneficios colectivos.
Se concluye que, el Poder Judicial resolvió en última instancia que Reniec le pague más de S/239 mil a Dina Boluarte.

