10/09/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 10/09/2025
El juez Jorge Luis Chávez Tamariz, del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, declaró inaplicable la Ley 32419, más conocida como la Ley de Amnistía a Fuerzas Armadas y Policías, en un caso de desaparición forzada en Ayacucho.
Aplicó el control difuso
Se trata de un juicio contra el general en retiro Petronio Baltazar Fernández Dávila Carnero, exjefe político militar de Ayacucho, quien desde la clandestinidad solicitó el archivo de su proceso penal invocando la polémica ley de amnistía.
Mediante la aplicación del "control difuso" y un "judicial review", concluyendo en la resolución que la norma es incompatible con tratados internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
"El derecho de amnistía (perdón de los delitos) dispuesto por el Parlamento y promulgada por la presidenta de la República es anticonvencional y no supera a otros derechos enfrentados como derecho a la verdad, (...) el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva (...) y del artículo 44 de la Constitución que impone al Estado los deberes como garantizar la plena vigencia de los derechos humanos", dice.

Además, agregó que el delito de desaparición forzada califica como de lesa humanidad y permanente en el tiempo, por lo que la "tutela jurisdiccional" es efectiva a favor de las víctimas y los "actos de amnistía del legislativo no pueden ser contrarios a las garantías que exige la Constitución como la defensa de los derechos humanos".

Más sobre el caso
El proceso trata de la desaparición forzada de Jorge Gutiérrez Quintero, un agricultor de 30 años detenido la noche del 25 de enero del 1990 por una patrulla militar del Batallón Contrasubversivo "Los Cabitos N°51" en Huanta.
Según la acusación fiscal, Fernández como comandante general de la Segunda División de Infantería de Ayacucho y jefe político-militar de la Subzona de Seguridad N°5, y el teniente coronel Carlos Absalón Romero Bartesaghi, jefe del batallón, actuaron como autores mediatos del delito.
Ello, pues Gutiérrez Quintero fue llevado al cuartel de Castropampa por supuestamente ser sospechoso de pertenecer a Sendero Luminoso, pero luego el Ejército se reconoció en un oficio que fue puesto en libertad. Sin embargo, a la fecha continúa desaparecido.
La última vez que sus familiares lo vieron con vida fue el día de su detención a las 11:00 p. m. Los parientes formularon la denuncia ante la Fiscalía de Huanta, que requirió información sobre el paradero de Gutiérrez al Ejército. En un inicio se dijo que permanecía detenido por presuntos vínculos con Sendero Luminoso, sin embargo, más tarde aceptaron que fue puesto en libertad.
De esta manera Chávez Tamariz se convierte en el segundo magistrado de la Corte Superior Nacional en inaplicar la Ley de Amnistía que el Congreso y el Ejecutivo pretender imponer. El primero en reconocer que la norma es inconstitucional fue el juez Leodan Cristóbal.


