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Resolución histórica

Ollanta Humala: Tribunal Constitucional anula proceso penal contra el expresidente por lavado de activos

El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de habeas corpus y ordenó la nulidad de las investigaciones y la condena contra el expresidente, al considerar que se vulneró el principio de legalidad penal.

30/07/2026 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 30/07/2026

El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que marca un giro trascendental en el caso del expresidente Ollanta Humala Tasso. El colegiado declaró fundada la demanda de habeas corpus presentada por su defensa y dispuso la nulidad de todo el proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de lavado de activos agravado.

La resolución sostiene que las imputaciones vinculadas a las campañas electorales de 2006 y 2011 se sustentaron en una tipificación penal que no estaba vigente en ese momento, lo que constituye una vulneración al principio de legalidad.

El argumento central del TC

El fallo subraya que la modalidad de lavado de activos por receptación patrimonial recién fue incorporada al ordenamiento jurídico peruano en noviembre de 2016, mediante el Decreto Legislativo 1249. Por tanto, imputar a Humala la recepción de aportes presuntamente ilícitos en campañas anteriores implicaba aplicar retroactivamente una norma penal, lo que está prohibido por la Constitución.

El tribunal enfatizó que "lo que no es delito no debería originar un proceso", reafirmando que nadie puede ser procesado ni condenado por actos que al momento de cometerse no estaban tipificados como infracción punible.

Resolución anula los procesos contra el expresidente.
Resolución anula los procesos contra el expresidente.

Críticas a la imputación fiscal

La sentencia cuestiona que el Ministerio Público no haya individualizado de manera precisa el delito fuente de los fondos atribuidos como ilícitos, ni demostrado que Humala tuviera conocimiento de su procedencia. Según el TC, se incurrió en interpretaciones extensivas y arbitrarias de la ley penal, lo que vulnera el principio de tipicidad.

Además, se señala que los aportes de campaña, en ese periodo, estaban regulados como infracciones administrativas en la Ley de Partidos Políticos, mas no como delitos penales.

TC criticó la labor fiscal en el proceso de Humala.
TC criticó la labor fiscal en el proceso de Humala.

Efectos inmediatos

El TC ordenó la nulidad de todas las actuaciones judiciales y fiscales derivadas de las investigaciones, incluida la condena de 15 años de prisión dictada en abril de 2025. Asimismo, dispuso que el Ministerio Público archive la causa y que el Poder Judicial defina de inmediato la situación jurídica del expresidente.

La decisión implica que Humala recupera su libertad y queda sin efecto el proceso que lo vinculaba con presuntos aportes ilícitos de empresas brasileñas como Odebrecht y OAS, así como del gobierno venezolano durante las campañas de 2006 y 2011.

La sentencia marca un precedente de gran alcance en materia de legalidad penal y tipicidad, al reafirmar que no puede aplicarse retroactivamente una norma para criminalizar conductas pasadas. Para Ollanta Humala, significa el cierre definitivo de un proceso que lo mantuvo más de una década bajo investigación y lo llevó a prisión.

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