
10/05/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 10/05/2025
El Ejecutivo promulgó hoy, sábado 10 de mayo, la ley para incorporar a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal.
La Ley N° 32330 fue oficializada esta mañana en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. La norma aprobada por el Congreso lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte.
Oficializan imputabilidad de menores de 16 y 17 años
Esta ley modifica el Código Penal Decreto Legislativo 635 y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes Decreto Legislativo 1348 para incorporar a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del Sistema Penal.
"Si el adolescente tiene entre dieciséis (16) y menos de dieciocho (18) años y comete los delitos señalados en el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal, se le aplicará responsabilidad penal ordinaria", señala la norma legal.
El Poder Ejecutivo se encargará de adecuar el Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, así como el Reglamento del Código de Ejecución Penal, a las modificaciones dispuestas en la presente ley en un plazo de 60 días calendario contados a partir de su entrada en vigor.
Por su parte, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y el Instituto Nacional Penitenciario deben emitir la normativa adicional necesaria.
Adolescentes irían a prisión
La oficialización de esta norma se da luego de que el Pleno del Congreso aprobara en segunda instancia la iniciativa legislativa que establece que los menores de 16 y 17 años sean sancionados penalmente por delitos graves, como terrorismo, homicidio calificado, secuestro y extorsión, entre otros.
Con 44 votos a favor, 24 en contra y 21 abstenciones, el Parlamento admito el dictamen recaído en los proyectos de ley 618, 6080, 7771 y 8816. En caso de ser encontrados responsables, los jóvenes podrían enfrentar internamientos de seis a ocho años. Además, este proyecto modifica el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal, que actualmente exime de responsabilidad penal a los menores de 18 años, considerándolos inimputables.
El parlamentario José Luna, autor de la propuesta, aseveró que incluso los delincuentes menores de 18 años podrían ser juzgados por parricidio, homicidio, sicariato, feminicidio, entre otros delitos mayores. Asimismo, subrayó que los adolescentes deben ser juzgados de acuerdo a la gravedad de sus infracciones.
De esta manera, se dio a conocer que los adolescentes de 16 y 17 años podrán ser juzgados por delitos graves luego de la oficialización de la ley N° 32330.