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Política
Se modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor

Congreso: Aprueban por insistencia autógrafa que amplía la prohibición de las comunicaciones spam

Con 101 votos a favor, la representación nacional aprobó - por insistencia - la autógrafa que pone límite a las comunicaciones spam.

Usuarios dejarán de recibir llamadas spam.
Usuarios dejarán de recibir llamadas spam. Indecopi

29/04/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 29/04/2025

El Pleno del Congreso aprobó esta tarde - vía insistencia - la autógrafa de ley observada que amplía la prohibición de las comunicaciones spam, a fin de proteger a los usuarios que a diario reciben publicidad agresiva o engañosa por parte de los "call centers"

Con 101 votos a favor, la representación nacional aprobó el texto abordado por la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso de la República. 

¿Qué dice la autógrafa de ley?

Según el texto aprobado, se modifica la Ley N.º 29571, Ley de Código De Protección y Defensa Del Consumidor. En ese sentido, también se modifica el párrafo 58.1, literal e) y se incorpora el párrafo 58.3 al artículo 58 de la referida ley. 

Por consecuencia, está prohibido "emplear centros de llamada o "call centers", sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo a consumidor alguno, con la única excepción del envío de comunicación comercial o publicitaria a aquel consumidor que, por iniciativa propia, se contacte directamente con el proveedor y manifieste su consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco de ser contactado a través de un número telefónico, dirección electrónica o cualquier otro medio análogo de comunicación".

Aprueban protección contra comunicaciones spam
Aprueban protección contra comunicaciones spam

Asimismo, el documento precisa que "este consentimiento puede ser revocado, con efecto inmediato y sin expresión de causa, en cualquier momento y conforme a la normativa que rige la protección de datos personales". No obstante, la vulneración a esta prohibición o a su revocatoria es considerada infracción "muy grave"

En referencia a la incorporación del párrafo 58.3, menciona que, "el Estado establece las reglas para el adecuado uso de envío de mensajes y llamadas en las redes de telecomunicaciones", con el objetivo de garantizar la protección del consumidor contra los métodos comerciales agresivos o engañosos.

Disposición complementaria

Para la aplicación del párrafo 58.3, el Poder Ejecutivo establecerá la normativa adicional que otorgue la numeración telefónica especial a los proveedores, los métodos de seguridad y las técnicas de validación para que los usuarios puedan identificar las llamadas spam que reciben.

Así como, los mecanismos de validación de la información trasmitida, en un plazo de 60 días calendario, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley. Cabe señalar que, el Perú es considerad como el segundo país más afectado por las llamadas spam.

Al ser aprobada vía la figura de la insistencia, no se requiere segunda votación en el Congreso, por lo tanto, deberá ser enviada a la presidenta Dina Boluarte, a fin de que procesa con su promulgación. 

De esta manera, el Congreso aprobó la autógrafa que pone freno a las comunicaciones spam en nuestro país. 

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