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Reglamento por publicarse

¡Es oficial! Ejecutivo publica ley que garantiza acceso al agua potable de emergencia en zonas vulnerables

Publican ley que garantiza acceso temporal al agua potable en zonas vulnerables y de alto riesgo. Según se precisó, el reglamento se publicará en los próximos 60 días.

Ejecutivo publica ley que garantiza acceso al agua potable de emergencia.
Ejecutivo publica ley que garantiza acceso al agua potable de emergencia. (Difusión)

26/05/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 26/05/2025

El Poder Ejecutivo oficializó la Ley N° 32349, que garantiza el acceso al agua potable de emergencia en zonas vulnerables, a través de su publicación en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano. Esta norma, previamente aprobada por el Congreso de la República, modifica el artículo 4° de la Ley N° 30645, vinculada al reasentamiento poblacional en zonas de muy alto riesgo no mitigable.

Acceso temporal en zonas de riesgo

La ley declara como zonas intangibles e inhabitables aquellas áreas que hayan sido identificadas formalmente por los gobiernos locales como de riesgo no mitigable, prohibiendo en ellas la entrega de títulos de propiedad y la instalación de servicios públicos. Sin embargo, se hace una excepción para la instalación temporal de servicios de agua y alcantarillado, conforme al marco de acceso universal al agua potable.

Asimismo, se prohíbe la adquisición de terrenos ubicados en estas zonas mediante prescripción adquisitiva de dominio, sobre todo si presentan riesgo recurrente por fenómenos naturales como deslizamientos, huaicos o desbordes de ríos.

Intervenciones temporales

La Ley N° 32349 también modifica el artículo 3° de la norma que establece medidas para asegurar el acceso universal al agua potable, estableciendo condiciones específicas para las intervenciones en zonas de riesgo:

  • Deben ser de carácter temporal.
  • Solo podrán incluir componentes no permanentes.
  • El período de operación y mantenimiento no debe superar los tres años.
  • Las acciones deben ejecutarse como parte de un plan de estrategias y reasentamiento coordinado con el gobierno local y, cuando corresponda, con la empresa prestadora de servicios de saneamiento.

Plazo para reglamentación

La normativa establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento deberá aprobar su reglamento en un plazo máximo de 60 días calendario, contados desde la entrada en vigor de la ley.

Con esta medida, el Gobierno busca atender de manera urgente y segura a las poblaciones expuestas a peligros constantes, garantizando su derecho al agua potable sin comprometer su permanencia en zonas que representan un alto riesgo para la vida.

Congreso sesiona para abordar crisis de agua y saneamiento

A finales de abril, la Comisión Especial de Acceso Universal al Agua del Congreso de la República llevó a cabo una sesión descentralizada en la región de Pasco con el objetivo de evaluar la crítica situación en los servicios de agua potable y saneamiento. 

La reunión, presidida por el congresista Héctor Valer, tuvo lugar en el contexto de reiteradas denuncias sobre la deficiente calidad del servicio y retrasos en proyectos clave.

De esta manera, se dio a conocer que el Poder Ejecutivo oficializó la ley que garantiza el acceso al agua potable de emergencia en zonas vulnerables. 

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