Política
Alerta en hospitales

¡Sacuden las UCI! Nueva norma del Minsa elimina exigencia clave y desata fuerte rechazo en la comunidad médica

La reciente resolución del Minsa dejó sin efecto la norma que obligaba a que las Unidades de Cuidados Intensivos estén dirigidas por médicos intensivistas. El cambio ha generado preocupación en el gremio, que advierte riesgos para la atención de pacientes críticos.

Especialistas cuestionan que la nueva disposición modifique el estándar técnico
Especialistas cuestionan que la nueva disposición modifique el estándar técnico

13/02/2026 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 13/02/2026

La publicación de la Resolución Ministerial N.º 115-2026/MINSA, el último 11 de febrero, abrió un intenso debate en el sistema de salud. La disposición del Ministerio de Salud (Minsa) deja sin efecto normas vigentes desde 2005 que exigían que las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) estén a cargo de médicos con especialidad en Medicina Intensiva.

Con esta medida, también quedan derogadas la RM 489-2005 y la RM 161-2020. Durante dos décadas, esas reglas establecieron como requisito obligatorio que el responsable del servicio contara con formación formal y registrada en esa especialidad. Ahora, ese estándar ya no aparece de manera expresa en el nuevo marco técnico.

Cambio de nombre y de enfoque

La norma no solo modifica requisitos profesionales. También cambia la denominación del servicio. Desde ahora, las UCI pasan a llamarse "Unidad Productora de Servicios de Salud - Cuidados Intensivos (UPSS Cuidados Intensivos)". Esta nueva categoría forma parte del modelo organizacional que el Minsa aplica en hospitales y clínicas públicas y privadas.

El ajuste implica una reorganización interna dentro de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS). Sin embargo, la principal inquietud no es administrativa, sino clínica: qué perfil profesional estará a cargo de pacientes en estado crítico.

En 2020, en plena emergencia sanitaria por la pandemia, se permitió de forma excepcional que médicos de otras especialidades apoyaran en UCI. Esa flexibilización era temporal. Ahora, con la nueva NTS 244-2026, el requisito obligatorio del intensivista desaparece del texto normativo.

Reacción de los especialistas

La Sociedad Peruana de Medicina Intensiva (Sopemi) emitió un pronunciamiento en el que recordó que la atención en UCI "es un acto médico altamente especializado, que exige formación formal, certificada y registrada en la especialidad de Medicina Intensiva". El gremio fue claro al señalar que "la atención en UCI debe ser brindada exclusivamente por médicos especialistas en Medicina Intensiva".

Además, advirtió posibles responsabilidades legales si se permite que profesionales sin esa formación asuman funciones propias del área crítica. En su comunicado, exhortaron a las autoridades a "hacer cumplir estrictamente las normas técnicas y legalos vigentes", en defensa del derecho a la salud y la seguridad del paciente.

La polémica también llegó a redes sociales. Un médico intensivista expresó su preocupación,

"Eso quiere decir que cualquier médico con un curso de UCI te va a atender en una UCI, suponiendo el riesgo real para el paciente. En ninguna parte del mundo sucede eso, pero acaba de suceder en Perú".

Médicos Intensivistas muestran su rechazo al decreto ministerial.
La Sociedad Peruana de Medicina Intensiva muestra su rechazo al decreto ministerial. (SOPEMI)

Las UCI representan el nivel más alto de complejidad hospitalaria. Allí se atiende a personas con riesgo de muerte. Por eso, el debate va más allá de un cambio administrativo. La discusión gira en torno a la calidad de la atención y la confianza en el sistema. En un país donde la salud pública enfrenta limitaciones, cualquier ajuste que afecte la formación debe evaluarse con cuidado, pensando siempre en quienes dependen de una cama UCI para seguir con vida.

 

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