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Subcomisión puede citar a la premier y titular del MEF en febrero por caso ONP

Sostienen que denuncias contra miembros del gabinete se atenderá con urgencia si esta es admitida antes de terminar el mes.

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19/01/2021 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

La parlamentaria Felicita Tocto (Descentralización Democrática), secretaria de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, afirmó que si la denuncia constitucional contra la premier Violeta Bermúdez y el ministro de Economía, Waldo Mendoza, por omisión de funciones al incumplir la Ley ONP, se admite antes de terminar el mes de enero, podrían ser citados en febrero.

“Cuando se pone a conocimiento la acusación se delega a un congresista para que elabore un informe de determinación de hechos y pertinencia de pruebas en un plazo de 10 días. Luego, se presenta y dentro de cinco días se programa una audiencia. Después, en cinco días más podría haber una decisión. Entonces si la denuncia contra los ministros se admite antes de terminar enero, podrían ser citados en febrero”, explicó a Exitosa.

En ese sentido, manifestó que todas las denuncias que recibe la subcomisión tienen un trámite rápido y a más tardar en un mes, los miembros ya están votando por el informe final. Cabe precisar que Podemos Perú (PP) presentó la demanda al despacho de la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez.

“No podría dar mayor detalle porque no he revisado la moción, pero ya se venció el plazo para que el Ejecutivo emita el segundo cronograma de la Ley N°31083 y 4.7 millones aportantes puedan retirar una Unidad Impositiva Tributaria (S/4,300)”, enfatizó.

Tocto Guerrero exigió al gobierno de transición cumplir con la deuda social y dejar de violar la norma porque el 29 de diciembre del 2020 debió promulgar el proceso para la devolución de aportes.

“Más allá del ámbito constitucional, creo que es un acto de justicia con millones de peruanos que por años han trabajado y contribuido al Sistema Nacional de Pensiones (SNP)”, concluyó.

◼ DENUNCIA

La medida presentada por PP contra Bermúdez y Mendoza es por el delito contra la administración pública -cometidos por funcionarios públicos- omisión, rehusamiento, demora de actos y resistencia o desobediencia a la autoridad, tipificados en los artículos 377 y 368 del Código Penal. Asimismo, por vulnerar los artículos 109°, 123°, y 38° de la Constitución Política.

El dato: Tocto también pidió al Ejecutivo sensibilizarse frente a las personas que han aportado por 19 años y ocho meses, por ejemplo, y no se le reconoce el derecho a una jubilación digna. Al contrario, solo perciben una mensualidad miserable.