31/12/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 31/12/2025
Una muy buena noticia para los trabajadores del sector público. El Gobierno del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), oficializó el aumento de la remuneración salarial para cinco regímenes laborales, los cuales entrarán en vigencia desde el 1 de enero del 2026.
A pocas horas de la llegada del nuevo año, te informamos quiénes podrán acceder a este beneficio y los requisitos a cumplir, establecidos en los decretos supremos publicados el martes 30 de diciembre, en el Diario Oficial El Peruano.
Trabajadores beneficiados
De acuerdo con lo estipulado por el Poder Ejecutivo, el incremento salarial se verá reflejado en los siguientes regímenes: N.º 728, N.º 1057 y N.º 276, así como de las Leyes N.º 30057 y N.º 29709, quedando establecido de la siguiente manera:
A través del Decreto Supremo N.º 327-2025-EF, se estableció un alza de S/ 53 para los servidores, directivos y funcionarios que laboran bajo los regímenes del Decreto Legislativo N.º 28 del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales, así como para los de la Ley del Servicio Civil - Ley N.º 30057.
La norma también establece un aumento de S/ 100 para quienes laboran bajo la Ley 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria, y el Decreto Legislativo N.º 1057, que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS).
Por otro lado, también se publicó el Decreto Supremo N.º 325-2025-EF, el cual autoriza el incremento mensual de S/ 100 para servidores, directivos y funcionarios del Decreto Legislativo N.º 728 de los gobiernos locales.
Del mismo modo, fue publicado el Decreto Supremo N.º 326-2025-EF, mediante el cual aprueba el concepto de Negociación Colectiva Centralizada 2025-2026 que comprende un aumento mensual de S/ 100 para los servidores administrativos sujetos al Decreto Legislativo N.º 276, pertenecientes al grupo ocupacional funcionario, profesional, técnico y auxiliar de los gobiernos locales y sus organismos públicos descentralizados.
Para tener en cuenta:
El incremento mensual se constituye mediante un base de cálculo para los beneficios laborales de los servidores, directivos y funcionarios, según corresponda, mencionándose a continuación:
- En el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728, el aumento es en base de cálculo para las gratificaciones por Fiestas Patrias y por Navidad, bonificación extraordinaria de julio y diciembre y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
- En el régimen laboral de la Ley N.º 30057, se incorpora a los aguinaldos por Fiestas Patrias y por Navidad, y a la CTS.
- En el régimen laboral de la Ley N.º 29709, se incorpora a los aguinaldos por Fiestas Patrias y por Navidad, y a la CTS al concluir la relación laboral.
Finalmente, para todos los regímenes laborales, en caso el ingreso mensual total que incluya el incremento aprobado supere los 15 600 soles, el monto del aumento mensual se ajusta a dicho límite.

