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Bullying escolar: Niños de 9 años no serán considerados agresores, según Minedu

El Ministerio de Educación (Minedu) redefinió los criterios para identificar cuándo un estudiante ejerce bullying o acoso escolar basándose en la edad, circunstancias y trasfondo psicológico.

El Minedu redefinió criterios para identificar bullying.
El Minedu redefinió criterios para identificar bullying. (Andina)

18/11/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 18/11/2025

Recientemente, el Ministerio de Educación (Minedu) modificó los criterios establecidos para identificar cuándo un estudiante ejerce bullying o acoso escolar sobre otros compañeros. La actualización recae en la edad, las circunstancias y el origen del acto.

En diálogo con Andina, el coordinador de Bienestar y Tutoría de Innova Schools, Víctor Vásquez, detalló la explicación a este redefinimiento de criterios estableciendo dos conceptos importantes en el tratamiento de la convivencia escolar: conflicto y violencia.

¿Niños de 9 años no hacen bullying?

Originalmente, se consideraba bullying o acoso escolar cuando se daba la situación en la que un niño era hostigado o molestado por un compañero de la misma edad. Este significado se aplicaba dentro de las familias y de las propias autoridades de la institución educativa.

Proponen expulsar a responsables de bullying.
Según Minedu, deben haber testigos del acto para que sea considerado bullying.

Sin embargo, ya no se entenderá así. Vásquez informó que, en el nuevo marco interpretativo del acoso escolar del Minedu, los niños de hasta 9 y 10 años no realizan actos de violencia porque recién están aprendiendo a controlar sus impulsos y emociones.

" A partir de los once años aproximadamente, la concepción de 'agresión' se vuelve más clara porque violento a la otra persona para burlarme, ganar popularidad o imponer respeto mediante el miedo", expresó.

Precisó que lo que sí se les puede atribuir es que sean generadores de situaciones de conflicto que son parte de la convivencia y del desarrollo evolutivo del niño.

Otros nuevos criterios

Vásquez también señaló que, para que exista un caso de violencia escolar, la agresión física o psicológica debe tener la intención de hacer daño.

"En base a esta definición, nace una primera característica que es intencionalidad, luego una segunda, que es la relación de poder", afirmó.

Además, para que se considere bullying, deben coexistir tres partes: un agresor, una persona agredida y los espectadores. Estos últimos son fundamentales desde que "refuerzan, naturalizan y validan la agresión".

Posibles causas

Víctor Vásquez destacó, como factor de riesgo determinante, que los modelos familiares pueden propiciar fácilmente el desarrollo de conductas violentas, ya que los niños aprenden de ellos. Según el directivo, puede suceder en familias donde los padres son permisivos o autoritarios.

"Actualmente, vivimos una ola de violencia mediante las extorsiones y sicariato, las cuales impactan en los niveles familiares. Y no solo allí, sino también en el entorno escolar".

Asimismo, para el experto, estos nuevos criterios de clasificación de casos de bullying o acoso escolar generaría la reducción de los reportes sobre presuntos hechos de violencia escolar en el Sistema Especializado en Reporte de Casos sobre Violencia Escolar (SíseVe) del Minedu.

El Minedu redefinió los criterios para la consideración de bullying o acoso dentro del marco escolar infantil, según edad, intención y circunstancias.

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