09/04/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/04/2026
El Gobierno del Perú, a través del Ministerio de Cultura, oficializó este jueves 9 de abril, la ley que aprueba la Política Nacional de Pueblos Indígenas u Originarios al 2040, la cual será de cumplimiento obligatorio y de aplicación a todas las entidades de la administración pública. En el caso del sector privado y de la sociedad civil, será aplicable cuando sea necesario.Leu
Dicho dispositivo que fuera firmado por el presidente José María Balcázar la tarde de ayer en Palacio de Gobierno, se enmarca a partir de hoy en el Decreto Supremo N.º 002-2026-MC, publicado en el Diario Oficial El Peruano.
Implementación:
De acuerdo con lo señalado por el texto promulgado por el Ejecutivo, la Política Nacional de Pueblos Indígenas u Originarios al 2040 es considerada "una política nacional multisectorial", cuya conducción estará a cargo del Ministerio de Cultura, a través del Despacho Viceministerial de Interculturalidad.
Sobre su implementación, se ejecutará a través de diferentes planes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), con la participación de las entidades involucradas, según corresponda.
En ese sentido, dichas entidades coordinan con el Ministerio de Cultura la implementación de los servicios y las actividades operativas identificadas, a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la mencionada Política Nacional, en el marco de sus competencias y funciones.
Asimismo, los gobiernos regionales se encargarán de aprobar o actualizar, en caso de corresponder, su Política Regional de Pueblos Indígenas u Originarios en el marco de lo establecido en la reciente Política Nacional aprobada por el Gobierno, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N.º 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Seguimiento y adecuación progresiva
El Ministerio de Cultura, a través de la Dirección de Políticas Indígenas de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, tiene a su cargo el seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Pueblos Indígenas u Originarios al 2040, de acuerdo con las pautas metodológicas que establece el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).
Asimismo, la misma cartera ministerial se encargará de coordinar con los pueblos indígenas u originarios, a través de sus organizaciones representativas, en el marco de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada de "proponer, realizar el seguimiento y fiscalizar" la implementación de las medidas y acciones estratégicas para el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios en el país, creada por el Decreto Supremo N.º 005-2021-MC.
Como disposición complementaria final del decreto supremo, las entidades involucradas en la implementación de la Política Nacional de Pueblos Indígenas u Originarios al 2040, adecúan progresivamente sus instrumentos de planeamiento a lo establecido en dicha política nacional, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-2018-PCM.
Es importante destacar que, la citada política articulará a 40 entidades de 19 ministerios, beneficiando así, a más de 6 millones de peruanas y peruanos autoidentificados.

