12/10/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 12/10/2026
Los estudiantes de colegios privados tienen derecho a rendir sus evaluaciones programadas, incluso cuando sus padres o tutores mantengan pensiones pendientes de pago. Así lo recordó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), al precisar que las instituciones educativas no pueden condicionar las evaluaciones al cumplimiento de obligaciones económicas.
La advertencia se produce luego del anuncio del Ministerio de Educación sobre el adelanto del cierre del año escolar 2026 en diferentes regiones del país, ante la inminente llegada del fenómeno El Niño. Este escenario hace necesario que las familias conozcan sus derechos y las condiciones establecidas para la culminación del periodo académico.
De acuerdo con la Ley de los Centros Educativos Privados, las instituciones educativas tampoco pueden condicionar la atención de reclamos, la entrega de libretas de notas ni la asistencia a clases al pago de las pensiones u otros conceptos relacionados con el servicio educativo.
Por ello, aunque existan mensualidades pendientes, los colegios deben permitir que los estudiantes rindan las evaluaciones previstas en su calendario académico. La normativa contempla mecanismos específicos para gestionar el cobro de las deudas, pero estos no deben perjudicar los derechos de los alumnos.
¿Qué pueden hacer los colegios si los padres deben pensiones?
El Indecopi precisó que las instituciones educativas privadas deben comunicar de manera clara, suficiente, oportuna y por escrito las condiciones económicas y académicas del servicio que ofrecen.
Esta obligación comprende informar sobre el calendario del año lectivo, los sistemas de evaluación y las condiciones aplicables a la prestación educativa. De esta manera, los padres de familia pueden conocer anticipadamente las reglas que rigen el servicio y las obligaciones económicas que han asumido.
Si bien los colegios cuentan con mecanismos para gestionar el pago de las pensiones atrasadas, estos procedimientos no pueden utilizarse para impedir que los estudiantes accedan a sus evaluaciones finales o reciban la atención educativa correspondiente.
La finalidad es evitar que las dificultades económicas de las familias afecten el desarrollo académico de los escolares durante el año lectivo.

Matrícula 2027: ¿Cuándo deben informar los costos?
De cara al próximo año escolar, el Indecopi también recordó que los colegios privados deben informar por escrito, con una anticipación no menor de 30 días calendario antes de finalizar el año lectivo, el monto y la oportunidad de pago de la matrícula de 2027.
Asimismo, deben comunicar el costo de las pensiones mensuales y las condiciones económicas aplicables al siguiente periodo escolar, para que los padres puedan organizar sus gastos con anticipación.
Sin embargo, existe una diferencia respecto de las deudas pendientes: si los padres incumplen las obligaciones de pago previamente pactadas e informadas, los colegios pueden decidir no renovar la matrícula para el siguiente año, siempre que hayan comunicado oportunamente esa disposición.
Las pensiones atrasadas no justifican impedir que un estudiante rinda sus exámenes finales. Las familias deben conocer estas disposiciones y revisar la información económica entregada por sus colegios, especialmente ante el cierre del año escolar 2026 y el próximo proceso de matrícula.

