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JNJ abre investigación a Carmen Velarde por exposición masiva de información en el padrón electoral 2026

La jefa del Reniec deberá responder ante la Junta Nacional de Justicia por la publicación de datos personales de más de 27 millones de ciudadanos.

JNJ abre investigación a Carmen Velarde
JNJ abre investigación a Carmen Velarde RENIEC

31/10/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 31/10/2025

La Junta Nacional de Justicia (JNJ), presidida por Gino Ríos, abrió una investigación preliminar contra Carmen Velarde, jefa del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), tras la exposición de datos personales en el padrón electoral para las elecciones generales de 2026.

Según informó Perú21, la funcionaria tendrá 10 días hábiles para presentar sus descargos. La medida se produce luego del escándalo generado por la difusión de información sensible —como direcciones domiciliarias y números de DNI— de más de 27 millones de peruanos.

De confirmarse una falta grave, la JNJ podría destituir a Velarde de su cargo, en un proceso que aún no tiene plazos definidos para su conclusión.

Paralelamente, Contraloría y ANPD investigan el caso

La decisión de la JNJ se da en paralelo a las acciones emprendidas por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Contraloría General de la República, que también inició una investigación de oficio.

El organismo fiscalizador notificó a Velarde para que brinde facilidades durante el proceso de recopilación de información. La Contraloría busca determinar si hubo negligencia o vulneración de protocolos de seguridad en la plataforma de consulta del padrón electoral.

El caso alcanzó relevancia nacional luego de que diversos usuarios denunciaran el acceso no restringido a información personal a través del portal del Reniec. Al ingresar el número de DNI y un código de verificación, se podía acceder a datos de otros ciudadanos, incluidos altos funcionarios del Estado, como el presidente interino José Jerí, y parlamentarios en ejercicio.

Ley permite difusión, pero con límites claros

El Reniec defendió que la publicación del padrón responde a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), específicamente en los artículos 198 y 203, que establecen su exhibición temporal para verificación y corrección de datos.

Sin embargo, la ANPD advirtió que el artículo 197 de la LOE no autoriza la difusión de información sensible, como domicilios, huellas dactilares o firmas digitalizadas. La Opinión Consultiva N.º 025-2021-JUS/DGTAIPD recalca que se deben excluir los datos que vulneren el derecho a la intimidad personal y familiar.

Además, la autoridad recordó que el principio de proporcionalidad exige publicar únicamente los datos necesarios para los fines electorales. La divulgación masiva de información personal, sin control adecuado, pone en riesgo la seguridad y privacidad de los ciudadanos.

Por ello, la consulta oficial sostiene que el padrón debe usarse solo para verificar datos, y no para difundir direcciones u otra información sensible. La JNJ, por su parte, continuará evaluando las responsabilidades administrativas de Carmen Velarde mientras las investigaciones paralelas avanzan.

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