25/11/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 25/11/2025
En conversación con Exitosa, la presidenta de Ositrán, Verónica Zambrano, indicó que la Adenda 6 de la TUUA de transferencia, firmada en 2013, debe cumplirse mientras no sea anulada por algún tribunal. Señaló además que dicho documento no especifica el concepto de "pasajero embarcado" y tampoco el costo que se aplica para nacionales e internacionales.
TUUA tiene historial desde el 2004
El contrato firmado habla de la TUUA como un "pago único del pasajero embarcado" en vuelo nacional e internacional. Sin embargo, se tenía que hacer una diferenciación entre el embarcado nacional y el embarcado internacional.
La historia oficial iniciaría en el 2004 cuando el Consejo Directivo del Ositrán realiza una interpretación sobre el tema y marca la diferenciación: los que parten desde Lima y los que vienen desde otros aeropuertos. En tal año, decide que los pasajeros no deben pagar lo mismo.
Ello, debido a que los pasajeros que embarcan en el Callao tienen más servicios a disposición que aquellos que vienen desde otra nave. Por ello decide en tal año que "hasta que no se defina en una adenda cuánto debe pagar no se debe cobrar"
Sin embargo, es recién en el 2013 cuánto es la tarifa diferenciada que deberá ser cobrada.
"No es verdad que esto nunca estuvo en el contrato porque el contrato no hable ni de TUUA de origen ni de TUUA de transferencia, el contrato habla como TUUA como una pago único del pasajero embarcado".
Adicionalmente señaló que en el 2013 no se acordó el inicio del cobro sino hasta que se termine la construcción del nuevo terminal
Cobro de TUUA tiene que cumplirse
Según Zambrano, ratificó que el cobro de la TUUA sí estuvo incluido en la Adenda 6 del Contrato de Concesión, firmada el 08 de marzo de 2013, entre el Estado peruano y la concesionaria Lima Airport Partners (LAP).
Por tal razón, indica que "no es verdad" las declaraciones que buscan anular tal cobro y ratificó que se estableció desde el 2004. "Sí estaba solo que no estaba definido cuánto"
"Mientras que un tribunal no declare la nulidad de la adenda del año 2013, eso es parte del contrato y se tiene que cumplir", precisó.
En ese sentido, Zambrano señala que Ositrán tiene que dar por sentado que "mientras la adenda no se anule, es válida", aseguró.
Tras la exposición de la presidenta de Ositrán, Verónica Zambrano, aseguró que la conversación sobre la TUUA se originó desde el 2004 y que el cobro debe efectuarse hasta que un "tribunal no declare la nulidad".

