21/07/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 21/07/2026
Julio trae consigo una seguidilla de días de descanso que muchos aprovecharán para viajar o compartir en familia. Sin embargo, miles de trabajadores deberán continuar con sus labores durante los feriados del 23, 28 y 29 de julio, por lo que surge una de las preguntas más frecuentes: ¿Cuánto debe pagar el empleador si una persona trabaja durante esas fechas?
¿Qué dice la ley sobre los feriados del 23, 28 y 29 de julio?
De acuerdo con la legislación peruana, el jueves 23 de julio, Día de la Fuerza Aérea del Perú, así como el martes 28 y miércoles 29 de julio por Fiestas Patrias, son feriados nacionales de descanso obligatorio para los trabajadores de los sectores público y privado.
Quienes no laboren esos días recibirán su remuneración habitual, mientras que quienes sí trabajen tendrán derecho a una compensación adicional, siempre que no se les otorgue un descanso sustitutorio.
La normativa establece que el trabajador que preste servicios durante un feriado sin descanso compensatorio debe recibir tres conceptos: la remuneración correspondiente al feriado (que ya está incluida en el sueldo mensual), el pago por la jornada efectivamente trabajada y una sobretasa equivalente al 100 % de la remuneración diaria. En la práctica, esto representa un pago triple por ese día laborado.
Por ejemplo, si un trabajador percibe S/ 80 diarios y trabaja el 23 de julio sin descanso sustitutorio, deberá recibir S/ 80 por el feriado, S/ 80 por el trabajo realizado y otros S/ 80 como sobretasa, totalizando S/ 240 por esa jornada.

¿Qué ocurre con el lunes 27 de julio?
Además de los feriados nacionales, este año el Gobierno declaró el lunes 27 de julio como día no laborable para el sector público mediante decreto supremo, con el objetivo de formar un fin de semana largo e incentivar el turismo interno. No obstante, esta fecha no tiene el mismo tratamiento legal que un feriado.
En las entidades públicas, las horas dejadas de laborar deberán recuperarse posteriormente. En el sector privado, la aplicación del día no laborable dependerá de un acuerdo entre empleador y trabajador. Si no existe consenso, será el empleador quien determine si corresponde otorgarlo y cómo se compensarán las horas no trabajadas.

¿Qué pasa si la empresa no cumple con el pago?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que incumplir las normas sobre descansos remunerados y el pago por trabajo en feriados constituye una infracción muy grave.
En esos casos, los empleadores pueden ser sancionados con multas que varían según el tamaño de la empresa y la cantidad de trabajadores afectados, pudiendo superar los S/ 288 mil.
Asimismo, la entidad exhortó a los trabajadores a revisar su boleta de pago y verificar que la compensación correspondiente haya sido aplicada correctamente cuando laboren durante un feriado sin descanso sustitutorio. En caso de incumplimiento, pueden presentar una denuncia ante Sunafil para que se inicien las acciones de fiscalización respectivas.
Con la llegada de los feriados de julio, conocer la diferencia entre un feriado nacional y un día no laborable resulta clave para evitar confusiones. Si te corresponde trabajar el 23, 28 o 29 de julio y no recibes un día de descanso en reemplazo, la ley protege tu derecho a recibir una remuneración adicional.
Informarse sobre estas disposiciones permitirá tanto a trabajadores como a empleadores cumplir correctamente con las obligaciones laborales durante las celebraciones por Fiestas Patrias.

