06/12/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 06/12/2025
Llegó diciembre y con ello buenas noticias para los trabajadores. Conoce aquí quiénes podrían recibir triple pago en el último mes del año y el motivo detrás del otorgamiento de ese monto, según el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
¿Por qué recibirías pago triple en diciembre?
Muchas personas se encuentran tensas por la rutina laboral, sin embargo, contarán en la segunda semana de diciembre con dos fechas especiales que les permitirá descansar y tomar unas merecidas vacaciones: ¡el 8 y 9, al ser feriados nacionales! Estos dos días no solo beneficiarán a los trabajadores del sector público, sino también al sector privado, de acuerdo al artículo 6 del Decreto Legislativo 713.
En ese marco, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) recordó a la ciudadanía que en caso les toque trabajar durante esas fechas, el lunes 8 y martes 9, sin descanso sustitutorio, tienen derecho a recibir, en la práctica, tres remuneraciones por cada día trabajado, que serían los siguientes, ¡toma nota!:
- El pago por el feriado (es decir, la remuneración diaria normal, que ya está considerada en el sueldo mensual).
- El pago por la jornada efectivamente trabajada ese día.
- Una sobretasa adicional del 100 % por el hecho de trabajar en un día feriado.
Cabe destacar que esta medida, según el Centro Legal de la CCL, también se aplica para el 25 de diciembre, donde se celebra Navidad. "Estos días no son laborables para los trabajadores públicos y privados, quienes tienen derecho a descanso pagado", explicó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL.
Condición para el pago triple en feriados de diciembre
Sin embargo, para acceder a ese pago triple, debes tener en cuenta la siguiente condición:
- El trabajador debe laborar el feriado (presencial o remoto).
- No debe otorgarse un descanso sustitutorio (es decir, no deben ofrecer otro día libre en compensación).
- Si el descanso semanal del trabajador coincide con el feriado, y no trabaja, no hay pago extra, solo se percibe la remuneración normal por descanso semanal.
- Si está de vacaciones durante esas fechas, tampoco corresponde pago adicional por feriado, ya que la remuneración ya incluye esos días.
Por ejemplo, si el trabajador percibe S/ 100 diarios y labora el lunes 8, o el martes 9, o el jueves 25 de diciembre, sin descanso sustitutorio en algún otro día, tendrá derecho a percibir, en la práctica, 3 remuneraciones por cada uno de estos días: S/ 100 por el día feriado (que está incorporado dentro de la remuneración semanal, quincenal o mensual) y S/ 200 por trabajar en día feriado (sobretasa de 100 %).
¿Qué pasa si no te pagan por feriado trabajado?
Finalmente, la CCL enfatizó que el incumplimiento de la regulación sobre el día feriado califica como una infracción muy grave sancionable con una multa por parte de Sunafil, cuyo importe que oscila entre S/ 14,070.50 y S/ 281,035.50 dependiendo del número de trabajadores afectados.
Es así como la CCL reveló las reglas laborales para quienes trabajen en feriados de diciembre, precisamente este 8, 9 y 25. ¡No pierdas tu beneficio!

