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Nueva norma

AFP: ¡Atención! Aprueban reglamento de ley que reprograma pago de aportes de privados

Entidades privadas tendrán un nuevo plazo para realizar el pago de aportes a sus trabajadores tras la aprobación del nuevo reglamento de la Ley Nº 31690.

Aprueban reprogramación de pago de aportes de privados.
Aprueban reprogramación de pago de aportes de privados. (Actualidad Empresarial)

05/07/2023 / Exitosa Noticias / Economía / Actualizado al 05/07/2023

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento de la ley que reprograma el pago de aportes de privados. La admisión de dicha medida fue publicada en la mañana de este miércoles 05 de julio en el Boletín de Normal Legales del diario El Peruano, junto a sus disposiciones complementarias finales.

La normativa, que fue refrendada por el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, y la presidenta Dina Boluarte, es la Ley Nº 31690, la cual ha creado el régimen de reprogramación de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones para entidades privadas. 

"El presente Reglamento tiene por objeto dictar las disposiciones para la implementación y funcionamiento del régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones para entidades del sector privado (REPRO AFP-PRIVADO)", indica el artículo 1.

Plazo hasta el 31 de diciembre

La ley aprobada por el MEF en las últimas horas contempla a las entidades del sector privado que no hayan cumplido los pagos correspondientes a sus trabajadores. Por esta razón, la normativa publicada esta mañana establece que tendrán como plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 para poder depositar los montos adeudados.

Cabe decir que la Asociación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AAFP) había dado su balance sobre cuántos empleadores no habían realizado dichos pagos hasta febrero de este año. Según indicó dicha institución, serían más de 151 los empleadores que no depositaron los aportes de sus trabajadores a su fondo de pensiones.

Otra ley sobre los empleadores

Como se recuerda, esta no ha sido la primera ley referida a los empleadores y la falta de depósitos a sus trabajadores. A fines de junio de 2023, el Congreso aprobó por unanimidad una norma que sanciona a quienes se apropien de los fondos de pensiones y salud con una pena de 6 cárcel.

El mencionado dictamen advierte que, en el caso de las AFP, el delito será constituido cuando el empleador retiene al menos el 10% del sueldo mensual a sus trabajadores y no lo deposita para que vayan a sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC).

De esta manera, se continúan trabajando leyes referidas al AFP y pago de las pensiones correspondientes que deberían hacer las entidades privadas. En esta ocasión, fue el MEF la institución del Ejecutivo la cual publicó una nueva normativa que reprograma el deposito de aportes de privados que no habían logrado ejecutarlo.

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