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Benji Espinoza sobre libertad de Yenifer Paredes: La prisión preventiva no puede considerársele como pena anticipada

Defensa de la pareja presidencial también recordó que la cuñada del presidente tendrá que comparecer a las diligencias del proceso penal.

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24/10/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

Benji Espinoza, abogado defensor de la pareja presidencial, se pronunció acerca de la resolución del Poder Judicial que revoca la prisión preventiva de 30 meses sobre Yenifer Paredes, cuñada del presidente de la República, Pedro Castillo.

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A través de sus redes sociales, el jurista sostuvo que la medida que había solicitado la Fiscalía de la Nación contra la hermana de la primera dama, Lilia Paredes, debió ser tomado como el “último recurso”, y no debió considerarse como una pena anticipada a la probatoria de la acusación que la coloca como integrante de la presunta organización criminal de Palacio de Gobierno.

“La prisión preventiva es el último recurso. No puede considerársele como pena anticipada. Yenifer Paredes recobrará su libertad y debe comparecer a las diligencias del proceso penal”, escribió en su cuenta de Twitter.

RESOLUCIÓN

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional resolvió por una mayoría revocar la prisión preventiva dictada contra Yenifer Paredes disponiendo su excarcelación inmediata, dictando comparecencia con restricciones.

“Entre las restricciones están: no ausentarse del lugar de residencia ni variar el mismo sin previa autorización escrita del Juzgado de Investigación Preparatoria a cargo del caso y comunicación previa al Ministerio Público”, informó la Corte superior.

Paredes Navarro deberá también asistir ante las autoridades del Poder Judicial o Ministerio Público cuando sea requerida, bajo apercibimiento de revocarse la medida dispuesta y ordenarse su reingreso al establecimiento penal en caso de incumplimiento, previa solicitud de la Fiscalía.

Así como concurrir mensualmente a la oficina de registro y control biométrico a registrar su huella digital e informar al Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional a cargo del presente caso, el primer día útil de cada mes.

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