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Congreso avanza con norma que haría obligatorio el teletrabajo para cuidadores de personas con discapacidad

La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó un dictamen que establece el teletrabajo como un derecho para trabajadores que cuidan a hijos con discapacidad o que presentan una discapacidad acreditada.

Teletrabajo
Teletrabajo (difusión)

10/06/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 10/06/2025

La Comisión de Trabajo del Congreso de la República aprobó un dictamen que modifica la Ley de Teletrabajo, estableciendo que este régimen será obligatorio para trabajadores con discapacidad debidamente acreditada, así como para madres o padres solteros que tengan a su cargo a un hijo con discapacidad. 

La iniciativa representa un cambio en el actual modelo de teletrabajo, que se rige por el acuerdo mutuo entre empleador y trabajador. De ser aprobada por el Pleno, la norma garantizaría que los empleadores no puedan rechazar la solicitud de teletrabajo formulada por trabajadores en estas condiciones, siempre y cuando se acredite tanto la discapacidad como el vínculo familiar. 

Esta propuesta se enmarca en un esfuerzo por garantizar la igualdad de oportunidades laborales y facilitar el ejercicio del rol de cuidado en situaciones de vulnerabilidad.

¿Qué plantea exactamente el dictamen?

El dictamen modifica el artículo 6 de la Ley N.° 31572, Ley de Teletrabajo, para establecer que el empleador deberá aceptar el cambio al régimen de teletrabajo si lo solicita un trabajador con discapacidad o uno que acredite ser padre o madre soltera de una persona con discapacidad. 

En estos casos, no se requerirá el consentimiento del empleador, como ocurre en el régimen general, sino que la medida se aplicará de manera automática, siempre que se cumplan los requisitos documentales.

La norma también mantiene el principio de voluntariedad en los demás casos, pero hace una excepción con estas situaciones específicas, bajo el argumento de protección reforzada a personas en condición de vulnerabilidad o que enfrentan barreras estructurales para el acceso pleno al empleo.

¿Qué críticas ha generado la propuesta?

El abogado laboralista César Puntriano, citado por el diario Gestión, advirtió que la medida podría ser percibida como discriminatoria, al no incluir a otros trabajadores que enfrentan cargas familiares similares. Por ejemplo, quedarían fuera del beneficio personas viudas, divorciadas o quienes cuidan a adultos mayores dependientes.

Puntriano señaló que, si bien la propuesta tiene un enfoque loable, debería ampliarse a otros perfiles de cuidadores que también requieren flexibilidad laboral para cumplir sus responsabilidades. Además, alertó sobre posibles tensiones con la libertad del empleador para organizar el trabajo dentro de su empresa.

El dictamen aprobado por la Comisión de Trabajo representa un avance en la protección de derechos laborales para personas con discapacidad y sus cuidadores directos. 

Su aprobación definitiva por el Pleno marcaría un precedente en la legislación laboral peruana, al establecer el teletrabajo como un derecho obligatorio en determinados casos, con implicancias tanto sociales como organizacionales para el mercado laboral.

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