Actualidad
En favor de la ciudadanía

¡Atención trabajadores! aprueban nuevas medidas de protección para trabajadores que sean diagnosticados con cáncer

A través de un Decreto Supremo, se dio a conocer las nuevas medidas que buscan la protección de los trabajadores en sus centros de trabajo luego que sean diagnosticados con cáncer.

Nueva normativa para trabajadores que sean diagnosticados con cáncer
Nueva normativa para trabajadores que sean diagnosticados con cáncer (Difusión)

05/06/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 05/06/2026

Por medio de una publicación se ha dado a conocer las nuevas medidas legales de protección de los pacientes que sean diagnosticados con cáncer en el sector privado como en el público. La medida busca evitar actos de discriminación laboral y garantizar que los trabajadores puedan mantener sus empleos mientras reciben tratamiento médico.

¿Qué medidas se han aprobado en favor de los pacientes diagnosticados con cáncer?

La normativa oficializada por medio del Decreto Supremo N.° 008-2026-TR, busca adaptar diversos regímenes laborales a lo establecido en la Ley N.° 32431

Como parte de los cambios más significativos, se encuentra el reconocimiento expreso de la nulidad del despido, cese o terminación de la relación laboral cuando estas decisiones estén siendo respaldadas por el diagnóstico de cáncer, los tratamientos o las consecuencias derivadas de la enfermedad.

Uno de los aspectos más relevantes es la creación de una presunción de nulidad en aquellos casos en los que el empleador no pueda demostrar una causa objetiva que acumule pruebas para la separación del trabajador. Es decir, si no es avalado por razones que sean ajenas al estado de salud de la persona, ya que podría considerarse nulo.

Dicha normativa incorpora modificaciones en el Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo. Con ello, se busca garantizar que los colaboradores y servidores públicos afectados por esta enfermedad cuenten con protección frente a posibles vulneraciones de sus derechos. 

¿Cómo se accede a esta normativa?

La protección contemplada en la normativa será aplicable siempre que el empleador o la entidad pública tenga conocimiento previo del diagnóstico de cáncer. Por eso, el trabajador deberá presentar una certificación médica emitida por un profesional habilitado que confirme la condición de salud, perteneciente a un establecimiento público o privado.

Además de las garantías contra el despido, el decreto establece medidas de adaptación laboral orientadas a preservar tanto la continuidad del empleo como la salud de las personas afectadas. Entre ellas se incluyen la flexibilización de horarios de trabajo, la implementación de teletrabajo y la asignación de funciones compatibles con las condiciones de salud del trabajador.

Finalmente, con la presencia de estas medidas de protección legales que deberán acatar los empleadores, se muestra la preocupación del estado peruano por los trabajadores que reciben un inesperado diagnóstico de cáncer en el que dado el estado de salud que consta de importantes cambios en la rutina, su empleo podría correr riesgo. 

SIGUIENTE NOTA