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Accidente en Nasca

Indecopi multa con 455 UIT a empresa de tubulares tras accidente que dejó un turista muerto

La entidad sancionó en primera instancia a la empresa con 455 UIT, equivalentes a S/2 502 500, por las condiciones de seguridad del servicio de vehículos tubulares.

Accidente en dunas dejó un turista fallecido.
Accidente en dunas dejó un turista fallecido. (Composición Exitosa)

05/10/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 05/10/2026

Indecopi sancionó en primera instancia a una empresa de paseos en vehículos tubulares por el accidente ocurrido en las dunas de Usaka, Nasca, en julio de 2025. La decisión establece multas por 455 UIT, equivalentes a S/2 502 500, tras identificar riesgos para los usuarios.

Multa alcanza a empresa y gerente

La medida alcanza a Edunastours Nasca E.I.R.L. y a su gerente, César Eduardo Asto Llamocca. Según Andina, la empresa recibió una multa de 450 UIT, mientras que el gerente fue sancionado con 5 UIT. La autoridad regional determinó responsabilidad administrativa por las condiciones del servicio turístico ofrecido.

El accidente ocurrió el 1 de julio de 2025 en las dunas de Usaka, ubicadas en Nasca, Ica. El hecho dejó a un turista extranjero fallecido y a otras cuatro personas heridas. La investigación considerada por Indecopi estableció elementos relacionados con la seguridad del paseo realizado mediante un vehículo tubular.

El Indecopi dispone multa de 455 UIT en primera instancia contra empresa de paseo en tubulares por accidente en las dunas de Ica
La entidad dispuso la sanción.

Entre los hechos evaluados figura que el conductor del vehículo involucrado no contaba con licencia para conducir este tipo de unidad ni había acreditado aptitud para desarrollar la actividad. La información recogida durante las investigaciones también vinculó la falta de pericia y una maniobra inadecuada con el accidente registrado.

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Ica consideró que el servicio fue brindado en condiciones que pusieron en riesgo la seguridad de los consumidores. Por ello, aplicó el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, referido a riesgos injustificados o no advertidos durante servicios ofrecidos.

Responsabilidad atribuida al gerente

La resolución también atribuyó responsabilidad al gerente de Edunastours Nasca E.I.R.L. por culpa inexcusable, debido a que no habría verificado la capacidad técnica del trabajador encargado de conducir el vehículo tubular. Por este motivo, César Eduardo Asto Llamocca recibió una sanción adicional de 5 UIT.

El pronunciamiento corresponde a la Resolución N.° 217-2026/CPC-INDECOPI-ICA y fue emitido en primera instancia administrativa. La decisión puede ser apelada ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor, dentro del plazo establecido por las normas aplicables al procedimiento sancionador vigente.

La multa total de 455 UIT representa S/2 502 500 y se distribuye entre la empresa y su gerente. La sanción de mayor monto corresponde a Edunastours Nasca E.I.R.L., mientras que el gerente recibió una multa individual por la responsabilidad atribuida en la prestación del servicio turístico.

El caso forma parte de las acciones de Indecopi frente a servicios turísticos que puedan comprometer la seguridad de los consumidores. La autoridad también informó recientemente sobre sanciones a otras empresas vinculadas con paseos en vehículos tubulares, aunque corresponden a procedimientos y hechos distintos.

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