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N° 09888

Mujeres víctimas de violencia: Comisión del Congreso aprueba PL que promueve inclusión laboral de afectadas

Comisión de Economía del Congreso aprobó la propuesta presentada por la bancada Renovación Popular, con la que se le otorgarán incentivos a las empresas que contraten un 10% de mujeres víctimas de violencia.

Congreso de la República
Congreso de la República (Difusión)

17/06/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 17/06/2025

Este martes, 17 de junio, el Congreso de la República anunció que la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera ha resuelto aprobar la iniciativa legislativa que promueve la inclusión laboral de mujeres víctimas de violencia.

PL aprobado por comisión del Congreso

A través de una publicación realizada en la cuenta oficial de 'X' del Parlamento, se precisó que el proyecto de ley (PL) N° 09888/2024-CR contempla incentivos para las empresas que contraten un 10% de trabajadoras en esta condición.

"¡Aprobado! La Comisión de Economía aprobó la iniciativa legislativa que promueve la reinserción laboral de mujeres víctimas de violencia, con incentivos para las empresas que contraten un 10% de estas trabajadoras", se lee en la red social del Poder Legislativo.

La iniciativa denominada "Ley que promueve la contratación laboral en el sector privado de mujeres víctimas de violencia en el marco de las contrataciones públicas" fue presentada por el grupo parlamentario Renovación Popular, a iniciativa de la congresista María Jessica Córdova Lobatón.

De acuerdo al texto del Proyecto de Ley 9888/2024-CR, para lograr el mencionado fin se realizará la implementación de mecanismos de incentivos a empresas contratantes con el Estado, esto con el objetivo de "contribuir a su autonomía económica y bienestar integral".

Mujeres víctimas de violencia

A detalle, el PL establece que se le otorgará el incentivo de fomento a las empresas que participan en los procesos de contratación pública con el Estado, otorgándoles dos puntos adicionales en el puntaje total de la evaluación técnica de su propuesta, conforme a los parámetros definidos por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE).

"Y siempre que las empresas cuenten en su planilla laboral tengan con al menos el 10% de las mujeres señaladas en el artículo 3, quienes deben haber sido contratadas formalmente en los últimos doce meses y cuya condición de víctima debe estar debidamente acreditada", añade.

Seguidamente precisa que las empresas oferentes, para acceder a los beneficios mencionados, deben contar con la acreditación de cumplimiento de contratación de mujeres víctimas de violencia otorgada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), así como también deben tener condiciones laborales formales que cumplan con la legislación laboral vigente y "estén debidamente acreditadas y documentadas".

Finalmente, el PL aprobado por la Comisión de Economía del Congreso establece que el MTPE es el órgano encargado de supervisar y otorgar la acreditación de cumplimiento de contratación de mujeres víctimas de violencia.

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