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Oficializan ley que otorga bonificación económica excepcional a licenciados veteranos de la pacificación nacional

El Gobierno oficializó la ley que otorga una bonificación económica excepcional a los licenciados veteranos de las Fuerzas Armadas que participaron en la lucha contra el terrorismo.

Veteranos de guerra recibirán una bonificación económica excepcional.
Veteranos de guerra recibirán una bonificación económica excepcional. Congreso

14/04/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 14/04/2026

El Congreso de la República oficializó este martes 14 de abril, la ley que otorga una bonificación económica excepcional en favor de los licenciados veteranos de la pacificación nacional, en reconocimiento a su contribución en la defensa del Perú durante la época del terrorismo.

Vale recordar que, dicho dispositivo (Ley N.º 32577) publicado en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, fue aprobado por el Pleno del Congreso en su sesión del pasado 12 de marzo.

Condiciones para acceder al beneficio de la Ley

Para acceder al beneficio, los licenciados veteranos de la pacificación nacional que estén bajo la Ley 30826, Ley del Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional, debidamente reconocidos por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas al 31 de diciembre del 2024, pueden ser parte de esta bonificación económica excepcional, para lo cual, deberán presentar sus solicitudes cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Haber realizado servicio militar obligatorio entre los años 1980 y 2000.
  • Haber servido en zonas de emergencia, conforme al dispositivo legal que lo haya delimitado en su oportunidad.
  • Haber realizado una acción pacificadora durante su servicio, validada por el instituto armado.
  • Haber servido de forma consecutiva durante doce meses como mínimo y hasta veinticuatro meses.
  • En el caso del Ejército del Perú, haber terminado el servicio militar obligatorio como recluta o soldado o cabo o sargento primero o sargento segundo.
  • En el caso de la Marina de Guerra del Perú, haber terminado el servicio militar obligatorio como grumete o marinero o cabo primero o cabo segundo.
  • En el caso de la Fuerza Aérea del Perú, haber terminado el servicio militar obligatorio como aviador o cabo o sargento primero o sargento segundo.

Adicionalmente, al momento de formular la solicitud para la bonificación económica excepcional, el solicitante debe acreditar no ser deudor alimentario y no tener antecedentes policiales, penales o judiciales.

Monto y plazo para acogerse a la bonificación

Los licenciados veteranos de la pacificación nacional pueden solicitar la bonificación económica excepcional desde el día siguiente de la entrada en vigor de la presente ley hasta el 31 de julio del 2027. Luego de ello no se aceptarán más solicitudes. Sobre el monto de la bonificación, la suma es de S/ 1130.00, la cual será entregada de forma escalonada, bajo los siguientes términos:

Grupo 1: Licenciados veteranos de la pacificación nacional mayores de 70 años en adelante y aquellos con discapacidad permanente.

Grupo 2: Licenciados veteranos de la pacificación nacional mayores de 55 hasta los 59 años.

Grupo 3: Licenciados veteranos de la pacificación nacional mayores de 50 hasta los 54 años.

Grupo 4: Licenciados veteranos de la pacificación nacional mayores de 45 hasta los 49 años.

Grupo 5: Licenciados veteranos de la pacificación nacional mayores de 40 hasta los 44 años.

Cabe señalar que, los licenciados rezagados ingresan a la programación próxima inmediata mediante el registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), a fin de que permita la programación presupuestal en el ejercicio fiscal en curso, debiendo seguir la priorización del grupo al que pertenezcan.

Finalmente, el Ministerio de Defensa se encargará de cumplir con el proceso de autorización y registro en el AIRHSP en un plazo no mayor de 90 días calendario contados desde que recibió la calificación aprobatoria del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

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