
04/07/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 04/07/2025
El Poder Judicial declaró improcedente la demanda de habeas corpus presentada por la defensa del exministro del Interior, Juan José Santiváñez Antúnez, en contra del Ministerio Público, a quien acusaba de presunta vulneración al derecho a la libertad personal - debido proceso penal.
Como se recuerda, el extitular del Ministerio del Interior (Mininter) presentó el recurso, a fin de evitar futuras turbaciones o privaciones ilegítimas de la libertad por parte del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (EFICCOP).
Lo determinado por la Corte Superior de Justicia de Lima
De acuerdo con el fallo de la jueza Guillermina Delia Tello Díaz del Cuarto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJL), el habeas corpus no fue admitido porque "no se advierte" que el Ministerio Público haya solicitado, por ejemplo, la medida de prisión preventiva contra el exministro.
Entre los fundamentos expuestos por la defensa de Santiváñez Antúnez está que la fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela, estaría llevando la investigación en su contra bajo "actuaciones que no se corresponden con una conducta objetiva, imparcial ni respetuosa del debido proceso penal".
Del mismo modo, cuestiona los procedimientos realizados sobre las órdenes de allanamiento a su vivienda y la incautación de bienes muebles en marzo último. Asimismo, critica a la titular del Ministerio Público por supuestamente estar impulsando la detención del exministro, las cuales se enteraron a través de portales digitales y medios de comunicación.
Frente a lo demandado, la magistrada asevera que, con respecto a los allanamientos, estas fueron con resolución judicial y sobre el presunto requerimiento para detenerlo preventivamente, la representante de la CSJL refiere que "no se advierte de autos que el mismo se haya producido, existiendo solo especulaciones subjetivas de ello" y que, de formularse, es facultad inherente del Ministerio Público. Además, por haberse dado la causal de improcedencia prevista en el artículo 7.1 del Código Procesal Constitucional.
"Notificar la presente resolución a los sujetos de la relación procesal, y consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolución se archive definitivamente lo actuado", concluye la resolución.
Seguirá investigado por presunto abuso de autoridad
En junio último, el juez supremo Juan Carlos Checkley declaró infundado el pedido presentado por la defensa del exministro, a fin de que se archive la investigación en contra el extitular del Mininter por el presunto delito de abuso de autoridad.
Asimismo, el magistrado del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria amplió por 90 días más el plazo para que la Fiscalía realice el levantamiento del secreto de las comunicaciones y otras, sobre el dispositivo entregado por Junior Izquierdo Yarlequé, también conocido como "Capitán Culebra".
La investigación se refiere a que, en agosto del 2024, el oficial de la PNP entregó a la Fiscalía unos audios en donde Santiváñez Antúnez le habría afirmado que la presidenta Dina Boluarte le solicitó desactivar la División de Investigación de Delitos de Alta Complejidad (DIVIAC), esto como condición para su nombramiento como máximo jefe del Mininter.
De esta manera, el Poder Judicial rechazó el petitorio formulado por la defensa el exministro del Interior en contra del Ministerio Público.