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Nuevo revés para el expresidente

PPK: Corte Suprema declara infundado el pedido de levantamiento de restricciones por el caso 'Westfield'

El expresidente Pedro Pablo Kuczynski seguirá sin movilizarse libremente en Lima Metropolitana. La casación presentada por su defensa fue rechazada por mayoría por el Poder Judicial.

Expresidente Pedro Pablo Kuczynski seguirá sin movilizarse fuera de Lima.
Expresidente Pedro Pablo Kuczynski seguirá sin movilizarse fuera de Lima. Poder Judicial

26/06/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 26/06/2025

El Poder Judicial declaró infundado el pedido formulado por la defensa del expresidente Pedro Pablo Kuczynski, a fin de que se le levanten las restricciones interpuestas en su contra, en el marco del caso 'Westfield'

Así lo determinó la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, al rechazar el recurso de casación interpuesto por los abogados del exmandatario. La figura pretendía que se le varíe parcial o totalmente las medidas limitativas en contra de su libertad, vigentes desde el año 2023

Casación rechazada

Con cuatro votos a favor, los magistrados declararon infundado el recurso del exjefe de Estado, confirmando así, que siga manteniéndose la resolución de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de fecha 7 de agosto del 2023, la misma que fuera inicialmente determinada por el juez Jorge Chávez Tamariz en abril de ese mismo año. 

En ese sentido, el expresidente, por ejemplo, no podrá movilizarse fuera de Lima Metropolitana, salvo autorización judicial que le permita ausentarse de su domicilio, como parte de las investigaciones que afronta por el presunto delito de lavado de activos

Según la teoría fiscal, Pedro Pablo Kuczynski habría recibido más de US$ 12 millones de la constructora Odebrecht, a través de las compañías Westfield Capital, First Capital y Latin America Entreprise, mientras desempeñaba los cargos de presidente del Consejo de Ministros (PCM) y ministro de Economía y Finanzas, en los años 2002, 2004 y 2006, en relación con los proyectos Trasvase Olmos e IIRSA Sur - Tramos 2 y 3.

No puede salir del país por 18 meses

El martes 17 de junio, el Poder Judicial, mediante el Segundo Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, declaró improcedente el habeas corpus presentado por la defensa del expresidente en contra de la Superintendencia de Migraciones, por evitar su viaje a Estados Unidos el pasado 8 de junio.

El expresidente consideró que fueron vulnerados sus derechos a la libertad individual y libertad de tránsito, cuando fue impedido de salir al extranjero, a horas de que el PJ evalúe una orden de impedimento de salida del país sobre su persona. 

En ese sentido, la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso que se archive el presente caso, a través de la emisión de la resolución, confirmado el fallo de la jueza Margarita Salcedo Guevara, quien el 8 de junio dispuso que no salga del territorio nacional por un plazo de 18 meses

De esta manera, el exjefe de Estado entre 2016 y 2018 deberá cumplir con las medidas restrictivas en su contra.