Judiciales
No alcanzó votos

TC declaró infundada demanda de inconstitucionalidad de ley que prescribe delitos de lesa humanidad

Al no conseguir los cinco votos necesarios, el Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad para la Ley 32107, que prescribe delitos de lesa humanidad hasta antes del 2002.

Sede del Tribunal Constitucional en Lima.
Sede del Tribunal Constitucional en Lima. (TC)

05/12/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 05/12/2025

El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad que había presentado el Colegio de Abogados de Lima y el Ministerio Público por la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad. Para proceder, se requería de cinco votos a favor, sin embargo, solo tres tribunos eligieron esta opción.

Votación del TC fue reñida

Apoyando declarar la inconstitucionalidad de la norma votaron Helder Domínguez Haro, Gustavo Gutiérrez Ticse y Manuel Monteagudo Valdez. Mientras tanto, en contra, con criterio interpretativo, se expresaron Luz Pacheco Zerga, Francisco Morales Saravia, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez.

"Declarar infundada la demanda de inconstitucionalidad incoada contra la Ley 32107; interpretar que, respecto de los hechos cometidos en anterioridad a la entrada en vigor de la CICGCLH, se aplicarán las reglas de prescripción conforme a las leyes penales vigentes al momento de la comisión de los hechos", indica la resolución del TC.

Resolución del TC.
Resolución del TC.

La sentencia se fundamenta en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, concerniente a crímenes de lesa humanidad, estableciendo tres puntos:

  1. No existe responsabilidad penal por conductas cometidas con anterioridad a la entrada en vigor en el Perú del ERCPI (artículo 24).
  2. La Corte Penal Internacional solo tiene competencia respecto de crímenes cometidos después de la entrada en vigor para el Estado (artículo 11).
  3. Por igual razón, los crímenes de competencia de la Corte, cometidos con posterioridad a la entrada en vigor del ERCPI, no prescriben (artículo 29).

Esta ley establece que los delitos de lesa humanidad se aplican en Perú para hechos ocurridos después del 1 de julio del 2002, después de que entró en vigor el Estatuto de Roma en el país. Para los casos previos, se debe aplicar el Código Penal del año 1991.

Fernando Rospigliosi se pronunció al respecto

A través de sus redes sociales, el primer vicepresidente encargado del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi, saludó esta decisión. Pidió que aquellos magistrados que votaron a favor de declarar su inconstitucionalidad deberían ser amonestados.

"El TC declaró infundada la demanda contra la ley de lesa humanidad. Ahora los militares y policías que derrotaron al terrorismo en las décadas de 1980-90 deberán salir libres y los procesos anulados. Es un gran triunfo de la verdad, la justicia y la democracia. La votación fue 4 a 3 declarando constitucional la ley. Jueces y fiscales prevaricadores deberían ser sancionados.

Publicación de Fernando Rospigliosi en X.
Publicación de Fernando Rospigliosi en X.

Con una votación de cuatro contra tres, el Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda que pretendía declarar como inconstitucional la Ley 32107, que prescribe delitos de lesa humanidad.

SIGUIENTE NOTA