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De no ser altruista

TC no reconoce la maternidad subrogada: Gestación por encargo podría tipificar como delito en Perú

El debate entorno a la maternidad subrogada continúa. La exministra de Justicia, Delia Muñoz, precisó que en ciertos casos este podría tipificar como delito en el Perú.

Gestación por encargo podría tipificar como delito
Gestación por encargo podría tipificar como delito (Composición Exitosa)

23/12/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 23/12/2025

En diálogo con Exitosa, la exministra de Justicia y exprocuradora supranacional de DD.HH., Delia Muñoz, indicó que el Tribunal Constitucional optó por no reconocer formalmente la maternidad subrogada debido a que la gestación por encargo está prohibida en nuestra prestación legal, y podría incluso tipificar como delito. 

Un caso donde se reconoció el cambio de apellido de una menor edad concebida y dada a luz a través de esta alternativa dio paso al debate entorno a ese tipo de maternidad.

De no ser altruista, podría ser tipificado como delito

Para el reconocimiento legal de la maternidad subrogada se deberá tener en cuenta diversos aspectos en materia legal, constitucional y éticos que envuelven este tipo de práctica gestante.

Recientemente la presidenta del TC, Luz Pacheco, precisó que no se había aprobado formalmente la maternidad subrogada sino se ordenó que el Reniec realice la  "rectificación inmediata del apellido materno de la menor LV".

En ese sentido, la figura legal de este tipo de maternidad aún no ha sido incluida como una nueva jurisprudencia. Sin embargo, en el caso de la menor se precisó que tal encargo no se había realizado a cambio de dinero, lo que dio paso a la votación por mayoría del TC.

"En la sentencia se analiza que sí es posible darle paso a un contrato como este a personas que no pueden sacar adelante una gestación y encargarla a una mujer a cambio de nada, una prestación de carácter altruista (...) hacerlo por dinero sí podría configurar un delito de trata de personas", indicó.

Votos en contra por parte del TC

La sentencia del TC que reconoció el cambio de apellido a la menor de edad fue resultado de un voto por mayoría: cuatro a favor y tres en contra, al ser un caso altamente complejo y sensible.

Los tres votos en contra opinaron que la gestación por encargo está prohibida en el ordenamiento legal del país y, por tal razón, debería de ser proscrita. 

En la sentencia, el TC no solo analizó el punto jurídico sino que se evaluó el avance del derecho y la tecnología en torno a la fertilización in vitro (FIV), procedimiento donde se implanta embriones en una mujer que no necesariamente es la dueña del óvulo.

En ese sentido, el fallo exhortó al Congreso de la República para que legisle sobre el vacío legal que existe lo que dio paso a la validez del caso sobre maternidad subrogada.

Delia Muñoz precisó que de no haber sido un caso de maternidad subrogada altruista, la decisión del TC no hubiera sido favorable a la menor. En ese sentido, por no haber un intercambio de dinero, no se ha tipificado como delito.

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