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Acceso equitativo

Verano 2024: TC ordena a clubes no restringir el acceso público a playas exclusivas

El Tribunal Constitucional dictaminó que todos los clubes tendrán que retirar las construcciones y puestos de seguridad que impedían el libre acceso de las personas y vehículos que no eran socios.

TC ordena a clubes no restringir el libre acceso a bañistas.
TC ordena a clubes no restringir el libre acceso a bañistas. (Blog Joinnus)

11/12/2023 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 12/12/2023

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó que desde este verano 2024, no se debe restringir el libre acceso de los bañistas a playas exclusivas, por lo cual deben retirar, de forma inmediata, las construcciones u objetos que impidan el ingreso a personas y vehículos que no son socios.

Acceso libre a playas

A través de la Sentencia N° 443/2023 recaída en el Expediente N° 03640-2021-PHC/TC, el TC recordó que, de acuerdo a la Ley N° 26856, las playas son de uso público, libre y general para todos e inalienables, y no pueden ser objeto de comercio, en relación con los clubes privados, advierte el Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International en su reciente boletín electrónico Alerta Legal en materia constitucional.

Con esta nueva ley, "se dispone que todo balneario o urbanización colindante a las playas y similares, bajo propiedad pública o privada, debe tener una vía de acceso por lo menos cada 1,000 metros que permita el libre tránsito a las mismas, ya que solo así se garantiza el derecho al libre tránsito, garantizado por la Constitución".

Si incumplen serán retirados

En caso un club privado decida no acatar la sentencia, tendrá que ser retirado y enfrentar denuncias por violar el derecho a la libertad de tránsito. Además, ninguna municipalidad o administración autorizará proyectos de habilitación urbana, construcción de balnearios y similares que no incluyan vías de libre acceso.

Además, sostiene que los dueños de bienes adyacentes a la playa son quienes deben realizar la construcción de dichas vías de acceso, conforme al reglamento de la mencionada ley. 

"El funcionario que incumpla lo señalado en el párrafo anterior o que supervigile el cumplimiento de la habilitación del acceso, estará sujeto a las responsabilidades administrativas, civiles y penales que dispone la Ley", se lee en la carta legal.

Entre los principales objetivos que se muestra en el documento está el asegurar un acceso equitativo a las playas y promover el disfrute igualitario de estos espacios naturales para todos los ciudadanos en el Perú.

¿Qué playas son 'no saludables'?

La Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) realizó una evaluación a 35 de las playas, a las que calificó como 'No Saludables' y recomendó tener cuidado con ellas.

Estos lugares se extienden a lo largo de 12 distritos de Lima Metropolitana, y fueron evaluadas bajo los parámetros de calidad microbiológica del mar, calidad de limpieza, y la presencia de servicios higiénicos: Dieciocho Ancón, Hermosa, Las Conchitas, Miramar 1, Miramar 2 (Ancón); Las Cascadas, Barranco, Barranquito (Barranco); Caplina, La Herradura, La Encantada, Cocotero, Contry Club Villa (Chorrillos); y Mamacona en Lurín.

A ellas se suman Tres Picos, Redondo II, Los Delfines (Miraflores); Pucusana, La Ninfas (Pucusana); El Silencio, Caballeros, Punta Hermosa, Norte, Playa Blanca, Kontiki (Punta Hermosa); Punta Negra y Santa Rosa (Punta Negra). Asimismo, Playa Chica, Playa Grande I, Playa Grande II, Hondable, Los Corales (Santa Rosa); Venecia, Club Lobo de Mar, Barlovento y Conchán (Villa El Salvador).

De esta manera, a medida que nos acercamos al verano 2024, el Tribunal Constitucional ordenó a los clubes privados no restringir el libre acceso a los bañistas, de lo contrario tendrán que ser retiradas y no funcionarán más.