28/10/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 28/10/2025
El congresista Hamlet Echeverría Rodríguez (Juntos por el Perú - Voces del Pueblo - Bloque Magisterial), presentó un proyecto de ley con el objetivo de derogar la Ley N.º 31990, para de esta manera, restablecer el proceso especial por colaboración eficaz.
En ese sentido, el Proyecto de Ley N.º 13013/2025-CR, presentado el lunes 27 de octubre, a través de la plataforma institucional del Congreso, propone dejar sin efecto los artículos 473, 476-A y 481-A, modificados y aprobados por el Congreso de la República entre 2023 y 2024.

Ley 'pro crimen' en la mira
De acuerdo con el texto formulado por el legislador del bloque de izquierda, se restablece la vigencia de los mencionados artículos en el nuevo código procesal (Decreto Legislativo N.º 957), pasando al archivo la criticada Ley N.º 31990.
Sobre su entrada en vigencia, esta sería al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, previo debate y aprobación por la representación nacional en el Hemiciclo.
"La Ley N.º 31990 ha significado un retroceso en la administración de justicia, debido a las modificaciones sustanciales al Código Procesal Penal que afectan negativamente la figura de la colaboración eficaz, uno de los principales instrumentos en la lucha contra la criminalidad organizada y la corrupción", detalla la iniciativa legislativa.
Por ejemplo, cuestiona que el Artículo 473 disponga que la suscripción del Acuerdo de Colaboración se lleve a cabo como máximo en un plazo de ocho meses; además, de la posibilidad de revelar la identidad del colaborador, según lo establecido en el Artículo 481-A.
Recuerda rechazo de la ciudadanía a la ley 'pro crimen'
En su exposición de motivos, el parlamentario recordó el rechazo de la "comunidad jurídica y de la población" hacia la Ley N.º 31990 por las restricciones, a través de sus artículos mencionados, que afectan la aplicación efectiva de este proceso especial. Además, acusan de vulnerar los derechos fundamentales de los colaboradores eficaces, tales como, el derecho a la defensa y a un debido proceso.
En ese sentido, hace énfasis en que la colaboración eficaz facilita la investigación a organizaciones criminales y delitos graves como la corrupción, el narcotráfico, la trata de personas y los crímenes de lesa humanidad.
Además, de que según la Corte Suprema de Justicia, esta herramienta es "autónoma y reservada", conforme lo prevé el artículo 2, numeral 7, del Decreto Supremo N.º 007-2017/JUS.
Finalmente, propone la derogación para un proceso de colaboración eficaz eficiente, reservado y coherente con los objetivos del sistema de justicia penal.

