Política
Neutralidad en entredicho

Rospigliosi infringió neutralidad al usar cámara del Congreso en mitin de Keiko Fujimori, señala JEE

El Jurado Electoral Especial de Pacasmayo halló responsable al presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, por omisión en uso indebido de cámara institucional para un acto político de Fuerza Popular.

JEE de Pacasmayo señala que Rsopiglisoi vulneró las normas que regulan la neutra
JEE de Pacasmayo señala que Rsopiglisoi vulneró las normas que regulan la neutra (Composición Exitosa)

16/11/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 16/11/2025

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo resolvió que el actual presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, incurrió en una infracción al deber de neutralidad electoral, al permitir —por omisión— el uso de una videocámara institucional del Parlamento durante un acto político de Keiko Fujimori en Trujillo.

La Resolución N.° 00133-2025-JEE-PCYO/JNE concluye que tanto Rospigliosi como otros dos funcionarios parlamentarios vulneraron las normas que regulan la neutralidad estatal en periodo electoral, al permitir que un bien público fuera utilizado para favorecer a la organización política Fuerza Popular, en el marco de las Elecciones Generales 2026.

Resolución N.° 00133-2025-JEE-PCYO/JNE
Resolución N.° 00133-2025-JEE-PCYO/JNE

Responsabilidades diferenciadas

El caso se remonta al 30 de octubre de 2025, cuando se utilizó una cámara del Congreso —inventariada con el código 29459— para grabar el evento en el que Keiko Fujimori anunció su precandidatura presidencial en Huanchaco. Según el JEE, esto constituye una infracción al artículo 32 del reglamento sobre propaganda electoral y neutralidad.

A Fernando Rospigliosi se le atribuye una conducta omisiva, al no haber implementado controles que impidieran el uso proselitista de recursos públicos bajo su competencia. El JEE también destaca que Rospigliosi es afiliado a Fuerza Popular, lo que agrava la falta.

La falta se agrava debido a que extrabajador era afiliado a Fuerza Popular.
La falta se agrava debido a que extrabajador era afiliado a Fuerza Popular.

Jaime Abensur Pinasco, director general parlamentario y encargado de la Oficialía Mayor ese día, también fue hallado responsable por omisión funcional, al no garantizar la custodia del patrimonio del Congreso.

Daniel Constantino Luza Amésquita, servidor de la Oficina de Participación Ciudadana, fue identificado como el autor directo del uso de la cámara. Aunque hace unos días presentó sus descargos alegando que cometió un "error involuntario" al confundirla con un equipo personal, el JEE desestimó su argumento por falta de sustento.

Derivaciones legales

El JEE dispuso remitir el caso al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y al Congreso, al considerar que la conducta de Luza Amésquita podría configurar el delito de peculado por uso, según el artículo 387 del Código Penal.

En contraste, el oficial mayor Giovanni Forno Flórez fue exonerado de responsabilidad, ya que se encontraba de vacaciones al momento de los hechos y había delegado formalmente sus funciones.

JEE de Pacasmayo determina que congresista incurrió en infracción electoral
JEE de Pacasmayo determina que congresista incurrió en infracción electoral

La resolución del JEE de Pacasmayo marca así un precedente en la fiscalización del uso de recursos públicos durante campañas electorales. Aunque no se trata de una sanción penal, el pronunciamiento pone en entredicho la conducta de las altas autoridades del Congreso, en un contexto donde la neutralidad estatal es clave para la legitimidad de los procesos electorales.

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