05/04/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 05/04/2026
Con el objetivo de salvaguardar la integridad del proceso democrático y asegurar la tranquilidad pública, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializó el cronograma de restricciones que regirán durante las próximas Elecciones Generales 2026.
Entre las medidas más relevantes destaca la aplicación de la denominada "Ley Seca", la cual tendrá un carácter obligatorio en todo el territorio nacional.
Restricciones en la venta de alcohol (Ley Seca)
De acuerdo con las disposiciones del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la prohibición de expendio de bebidas alcohólicas entrará en vigencia a partir de las 8:00 a. m. del sábado 11 de abril.
La restricción se mantendrá activa de manera ininterrumpida durante la jornada de votación del domingo y se extenderá hasta las 8:00 a. m. del lunes 13 de abril, completando así un periodo de 48 horas de fiscalización rigurosa.
Esta normativa se fundamenta estrictamente en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), el cual prohíbe explícitamente no solo la venta y distribución de licor en establecimientos comerciales, sino también su consumo en espacios públicos.
El marco legal vigente busca minimizar cualquier riesgo de alteración del orden o incidentes que puedan empañar el desarrollo de los comicios programados para el domingo 12 de abril.

Locales y comercios deberán suspender venta de alcohol
Según la normativa electoral, durante el periodo de ley seca quedará prohibido:
- Vender bebidas alcohólicas en tiendas, bares y restaurantes
- Distribuir o entregar bebidas alcohólicas
- Abrir locales o espacios destinados exclusivamente al expendio de alcohol
Esta restricción se aplica tanto a establecimientos comerciales como a espacios habilitados temporalmente para la venta de bebidas alcohólicas. El JNE recordó que estas medidas forman parte de las disposiciones obligatorias que rigen en cada proceso electoral para prevenir incidentes y garantizar la seguridad ciudadana.
Sanciones por incumplir la ley seca
De acuerdo con el artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones, las sanciones pueden incluir:
- Hasta seis meses de prisión
- Multa equivalente al 10% del ingreso mínimo vital, calculada sobre 30 días de multa (aproximadamente S/ 3,390)
Las autoridades también advirtieron que fiscalizadores y agentes policiales realizarán operativos para verificar el cumplimiento de la medida en todo el país.
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones económicas severas e incluso la clausura temporal de locales comerciales que sean sorprendidos vulnerando la normativa durante las horas de restricción.
Con esta estrategia, el sistema electoral peruano apunta a garantizar que la ciudadanía acuda a las urnas en un entorno de orden, seguridad y pleno ejercicio de sus facultades civiles.


