29/10/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 29/10/2025
Frente a la publicación de datos personales en la lista del padrón inicial electoral en la página web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) se pronunció esta tarde para recordar que dicha información debe ser solo para la verificación ciudadana; por lo tanto, no debe incluir datos sensibles como el del domicilio.
La filtración de información viene generando muchas críticas no solo por los ciudadanos, desde el Congreso han exigido "explicaciones inmediatas" a la titular del órgano electoral, Carmen Velarde Koechlin, y la Defensoría del Pueblo expresó también su "preocupación" por el mencionado caso.
La divulgación de datos personales podría vulnerar la privacidad de los ciudadanos
A través de un comunicado, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales recuerda que la Ley Orgánica de Elecciones (artículo 197) establece que el padrón puede ser consultado por la ciudadanía para verificar que sus datos estén correctos, permitiéndoles presentar reclamos si no figuran o si aparecen con errores, y también para que las organizaciones políticas detecten nombres de personas fallecidas para ser retirados.
Agrega que, la mencionada ley señala que ciertos datos, como el domicilio o las huellas dactilares, "no deben ser difundidos ni entregados públicamente". Puntualiza que, dichos datos "están protegidos por su carácter personal y su divulgación podría vulnerar la privacidad de los ciudadanos".
"En esta ocasión, se ha identificado que la Lista del Padrón Inicial difundida por RENIEC permite acceder a información de otras personas, además de la del ciudadano que realiza la consulta, lo cual podría exceder los límites de la publicidad establecida por la norma", apunta la misiva.
En esa línea, la ANPD informa que ha iniciado una supervisión para verificar el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales por parte del RENIEC, "particularmente, en lo concerniente a la observancia de los principios de finalidad y proporcionalidad".
Podrían recibir una sanción
Frente al caso en mención, el abogado experto en derecho digital, Erick Iriarte, indicó esta mañana en Exitosa que la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales puede tomar cartas en el asunto, sancionándola o multándola administrativamente, y ordenándole que adopte medidas de seguridad más efectivas.
"Si solamente con ese DNI y el número de código de seguridad puedes tener no solamente acceso a la información de ese DNI, sino a otro vinculado, inclusive de personas que puedan tener apellidos similares, es innecesario se haga de esa manera", cuestionó.
Agregó, que, "el RENIEC no está por fuera de la Ley de Protección de Datos Personales" y que tras este incidente, la institución empieza a "generar desconfianza" en la ciudadanía, teniendo en contexto el complejo proceso electoral que se avecina, principalmente por la cantidad de candidatos políticos que se presentarán.
Mientras el RENIEC reafirma que el procedimiento es válido, ahora desde el Ministerio de Justicia empiezan a cuestionar la difusión de información confidencial con toda libertad en la red.

