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Condena por peculado

Alcalde de Chancay es condenado por peculado doloso: Fiscalía logra 5 años de prisión suspendida

Juan Álvarez Andrade, actual alcalde distrital de Chancay, fue sentenciado por peculado doloso tras ceder bienes públicos sin autorización. Confirmado por la Fiscalía Anticorrupción de Huaura.

Servicios higiénicos turísticos fueron entregados a terceros sin autorización mu
Servicios higiénicos turísticos fueron entregados a terceros sin autorización mu (Composición Exitosa)

19/03/2026 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 19/03/2026

El alcalde de Chancay, Juan Álvarez Andrade, fue condenado a cinco años de prisión suspendida por el delito de peculado doloso, tras comprobarse que permitió el uso irregular de bienes públicos durante su gestión. El caso fue impulsado por la Fiscalía Anticorrupción de Huaura, que acreditó que el funcionario actuó al margen de la ley y generó un perjuicio económico para la municipalidad.

Según el Ministerio Público del Perú, los hechos ocurrieron entre 2017 y 2018, cuando la municipalidad recibió la administración provisional de servicios higiénicos construidos como parte de un proyecto turístico. Estos espacios fueron entregados a particulares sin autorización del Concejo Municipal, incumpliendo lo establecido en la normativa vigente.

Cesión irregular de bienes públicos

De acuerdo con la investigación fiscal, el alcalde permitió que terceros operaran los servicios higiénicos sin ningún respaldo legal. No existió contrato, resolución ni acuerdo formal que justificara la cesión del bien público. Pese a ello, los beneficiados cobraban por el uso de baños, duchas y otros servicios, generando ingresos de forma directa.

La Fiscalía determinó que la municipalidad no recibió ninguna contraprestación económica por esta actividad. Esto configura un perjuicio directo al Estado, ya que los recursos públicos fueron utilizados sin generar beneficios para la entidad edil. El caso evidencia un uso indebido de bienes bajo responsabilidad del funcionario, lo que vulnera sus deberes.

Beneficio a terceros y sanción

Otro punto clave del caso es que los particulares favorecidos mantenían una relación cercana con el alcalde. Según la tesis fiscal, esto refuerza la intención de beneficiar intereses privados por encima de los públicos. La conducta fue calificada como dolosa, es decir, realizada con conocimiento y voluntad de infringir la ley, lo que sustenta la condena impuesta.

La sentencia también alcanzó a Julia Romero y Olinda Martínez, quienes recibieron cuatro años de prisión suspendida. En conjunto con el alcalde, deberán pagar una reparación civil de S/ 15,000 a favor del Estado, como parte de la sanción económica establecida.

Según el Ministerio Público, este resultado reafirma el compromiso institucional de sancionar delitos que afecten los recursos públicos. La entidad precisó que continuará con acciones para prevenir y castigar actos de corrupción en distintas regiones del país.

La condena por peculado doloso al alcalde de Chancay evidencia el uso indebido de bienes públicos, el beneficio a terceros sin autorización y el perjuicio económico al Estado, elementos clave en casos de corrupción que pueden ocurrir en las municipalidades del Perú.

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