
24/09/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 24/09/2025
El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la solicitud de aclaración que presentó la presidenta de la República Dina Boluarte, para que la Fiscalía no recolecte información y documentos por las investigaciones en su contra. A través de su defensa, la mandataria hizo el pedido el pasado 19 de agosto.
Hasta en dos oportunidades
Según precisa el expediente del órgano judicial, las investigaciones podrán recabar información y documentos contra la mandataria en un máximo de dos oportunidades. La resolución aclara lo establecido en el fundamento 136 de la sentencia emitida el pasado 10 de julio.
"1. Declarar improcedente la solicitud de aclaración presentada por la titular de la Presidencia de la República, doña Dina Ercilia Boluarte Zegarra. 2. Aclarar de oficio el fundamento 136, numeral (i) de la sentencia de fecha 10 de julio de 2025, conforme a lo expuesto en el considerando 7 del presente auto", indica el prólogo del documento.
En esta resolución emitida el 9 de setiembre último, participaron en la sesión del Pleno Jurisdiccional, los magistrados Luz Pacheco Zerga, presidenta del TC; Helder Domínguez Haro, vicepresidente; Francisco Morales Saravia, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez.
Dentro del desarrollo del documento se especifica que la presidenta de la República fue incorporada en "calidad de tercero con interés en el resultado del proceso". Por tal motivo el órgano considera que su pedido no puede proceder.
La solicitud de Dina Boluarte
El pasado 19 de agosto, el abogado de la mandataria, Joseph Campos, presentó un documento a los magistrados del TC para que se aclare y precise los términos de la sentencia que suspende las investigaciones fiscales hasta que finalice su Gobierno.
De lo contrario, de admitirse pedidos de información y solicitudes de prueba documental sin limitación alguna a una presidenta en funciones, pudiendo ser ad infinitum, la finalidad de evitar la perturbación del cargo presidencial se desnaturalizaría, situación grave que he enfrentado como Presidenta desde inicios de mi mandato", precisa el punto 4.
Agrega en otra parte que que "por medio de esta nueva restricción se evitará cualquier ejercicio de las atribuciones del Ministerio Público sin la debida diligencia desnaturalizando de esta forma la prerrogativa presidencial y constituyendo nuevamente la perturbación al mandato".
Con esto, la Fiscalía podrá continuar con la recolección de información y documentos sobre la investigación sobre Dina Boluarte. El Tribunal Constitucional declaró improcedente la solicitud de aclaración que realizó la presidenta de la República.