27/05/2026 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 27/05/2026
La denuncia anunciada por Juntos por el Perú (JP) contra miembros de Fuerza Popular, por presunta conspiración para la rebelión tras las declaraciones de Miguel Torres, ha generado una inmediata respuesta del fujimorismo.
La asesora legal del partido, Giulliana Loza, señaló que hasta el momento no han recibido ninguna notificación formal y que evalúan iniciar acciones legales contra JP por calumnia.
La postura de Fuerza Popular
En conferencia de prensa, Loza coincidió con el congresista Fernando Rospigliosi al calificar de "absurda" la denuncia presentada por JP, así como la que impulsa el expresidente Pedro Castillo por los mismos motivos. La abogada precisó que el partido se enteró de los señalamientos únicamente a través de los medios de comunicación y no por canales oficiales.
Loza fue enfática al advertir que analizarán ambas acusaciones y que, de confirmarse que se trate de una calumnia, procederán legalmente contra JP.
"Sabemos de dos denuncias que se habrían presentado contra integrantes de Fuerza Popular. No hemos sido notificados de ninguna. Vamos a analizarlas debidamente y no tengan duda de que haremos valer los derechos de nuestros miembros. Si cabe la posibilidad de denunciarlos por calumnia, lo haremos", exhortó.
Denuncia uso político de la justicia
La asesora legal también acusó al equipo de JP de utilizar políticamente el sistema de justicia, en referencia al exfiscal José Domingo Pérez, hoy aliado de Roberto Sánchez y abogado de Pedro Castillo. Según Loza, la denuncia carece de sentido porque no existió un alzamiento en armas, requisito que establece el Código Penal para configurar el delito de rebelión.
"Hay necesidad de leer el Código Penal. El artículo 349 habla de conspiración para la rebelión, pero exige un alzamiento en armas. ¿Acaso Miguel Torres convocó a un levantamiento de las Fuerzas Armadas? El Congreso investigó, la Fiscalía actuó, la Policía detuvo en flagrancia. ¿Dónde está el alzamiento? ¿Dónde está el quiebre constitucional? Es ridículo", cuestionó.
Cabe precisar que el artículo 346 del Código Penal tipifica la rebelión con alzamiento en armas, mientras que el artículo 349 regula la conspiración para la rebelión, sin necesidad de que el alzamiento se concrete. Este último artículo fue clave en la condena de Pedro Castillo, lo que abre la expectativa de si el Poder Judicial aplicará criterios similares en este nuevo caso.

La respuesta de Fuerza Popular marca un contraataque legal y político frente a la denuncia de JP. Mientras el partido de Sánchez busca instalar la narrativa de una conspiración para la vacancia de Castillo, el fujimorismo insiste en que se trata de una acusación sin sustento y con fines electorales.
El desenlace dependerá de la evaluación judicial, pero en el terreno político la disputa ya se convirtió en un nuevo eje de confrontación en plena segunda vuelta.

