
03/09/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 03/09/2025
El expresidente de la República, Martín Vizcarra, sufre un nuevo revés judicial. La Corte Suprema revocó la resolución que ordenó la devolución de 67 bienes que se le incautaron el 18 de marzo de 2024, como parte de la investigación por el caso 'Los Intocables de la Corrupción'.
Martín Vizcarra no recuperará bienes incautados
Como se recuerda, como parte de la investigación preliminar que se le sigue en la Fiscalía de la Nación por el caso 'Los Intocables de la Corrupción', el 18 de marzo del 2024 se le incautaron bienes electrónicos al exmandatario en sus propiedades ubicadas en Lima y Moquegua.
En octubre de ese mismo año, la defensa de Vizcarra solicitó que fueran devueltos, pedido que fue declarado fundado "en parte" por el juez supremo de la investigación preparatoria, Juan Carlos Checkley. Los equipos eran teléfonos móviles, tabletas, computadoras, CPU's, laptops, USB's, discos externos, entre otros.
Sin embargo, este 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema decidió declarar fundado el recurso de apelación que presentó la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, para revocar la resolución que emitió Checkley, el 10 de diciembre de 2024, para la devolución de los bienes incautados.
Bienes incautados permanecerán en la Fiscalía
La fiscal de la Nación cuestionó la resolución inicial al sostener que "la devolución de los equipos afectó la motivación de las resoluciones judiciales en su vertiente de incongruencia omisiva". Precisamente afectaba lo establecido en los artículos 159, numeral 3, de la Constitución y el artículo IV, numeral 1) del Título Preliminar del Código Procesal Penal, al impedir cumplir los fines de las diligencias preliminares.
Asimismo, sostuvo que la resolución impugnada presentaba un déficit de motivación, pues se limitaba a considerar que la sola extracción de información era suficiente para el trabajo pericial, cuando en realidad esta constituye únicamente una etapa previa antes de la elaboración del informe pericial correspondiente.
Es decir, el tribunal presidido por el juez supremo César San Martín, considera que la fuente de prueba, es decir, el dispositivo material y la información que contiene (ambas entendidas como una unidad, necesarias como contraste de autenticidad) debe permanecer a disposición de la fiscalía y de los peritos.
Caso Los Intocables de la Corrupción
Según la Sala Suprema, una vez que se tengan los resultados de la pericia oficial, así como de la eventual pericia de parte, se podrá determinar si corresponde devolver todo o parte de los bienes incautados.
¿Pero qué es el caso Los Intocables de la Corrupción? Pues bien, Vizcarra se vio implicado debido a la tesis fiscal en el que se le acusa de ser el presunto líder de una red criminal que operó en Provías Descentralizado (PVD), una entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), durante su gobierno (2018-2020).
Según la Fiscalía, el exjefe de Estado y exfuncionarios presuntamente direccionaron licitaciones por más de 274 millones de soles a cambio de sobornos.
De esta manera, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema dejó sin efecto la resolución que ordenaba devolver 67 bienes electrónicos incautados al expresidente Martín Vizcarra durante el allanamiento realizado el 18 de marzo de 2024 en sus domicilios de Lima y Moquegua.