Política
Contra inseguridad digital

Ejecutivo crea el delito que sanciona el tráfico ilícito de datos personales con hasta 10 años de cárcel

El gobierno de Jerí promulgó la creación de un nuevo delito que sanciona con hasta 8 años de pena a quien comercialice, intercambie o trafique datos informáticos o bases de datos personales.

José Jerí tipifica el delito de tráfico ilícito de datos informáticos.
José Jerí tipifica el delito de tráfico ilícito de datos informáticos. Difusión

26/01/2026 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 26/01/2026

El Poder Ejecutivo, al mando del presidente José Jerí, promulgó este fin de semana el Decreto Legislativo 1700, que incorpora el delito de tráfico y posesión ilícita de datos personales en el ámbito informático, en el marco de su facultad para legislar en materia de seguridad ciudadana y lucha contra el crimen.

Pena de hasta 10 años por tráfico ilícito de datos

La medida modifica la Ley Nº 30096, Ley de Delitos Informáticos, para añadir como delito la adquisición, posesión y tráfico ilícito de datos informáticos, es decir, obtenidos sin el consentimiento del titular o mediante vulneración de sistemas de seguridad. 

Esta disposición busca fortalecer la seguridad y confianza digital a nivel nacional como parte de la ciberseguridad, así como reforzar la protección penal del derecho a la autodeterminación informativa frente a conductas "que generan afectaciones masivas y sistemáticas".

"(Será penado) El que posee, compre, recibe, comercialice, vende, facilite, intercambie o trafique datos informáticos, credenciales de acceso o bases de datos personales, teniendo conocimiento o debiendo presumir que se obtuvo sin consentimiento de su titular o mediante la vulneración de sistemas de seguridad o la comisión de un delito informático", indica el decreto legislativo.

Quien incurra en este nuevo delito, será sancionado con una pena privativa de la libertad no menor de cinco ni mayor a ocho años. Además, se incluye de 180 a 365 días-multa.

Asimismo, la pena será mayor (de ocho a 10 años) e incluirá inhabilitación en caso el agente sea miembro de una organización criminal, cause perjuicio patrimonial grave o la base de datos es procesada o custodiada por una entidad pública.

Excepciones a la norma

El documento indica que no habrá responsabilidad penal por manejar datos informáticos cuando estas acciones se realicen de manera legítima, con consentimiento expreso del titular de los datos, por orden de una autoridad competente o en el ejercicio legítimo de sus derechos o funciones legales.

Esta excepción se aplica siempre y cuando no se busque lucrar ilegalmente ni comercializar indebidamente esa información.

La implementación del DL se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior (Mininter) y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) y no demandará recursos adicionales al Tesoro Público.

La norma fue suscrita por el presidente de la República, José Jerí, el premier Ernesto Álvarez, el ministro del Interior Vicente Tiburcio y el ministro de Justicia Walter Martínez.

El gobierno de Jerí promulgó la creación de un nuevo delito que sanciona con hasta 8 años de pena a quien comercialice, intercambie o trafique datos informáticos o bases de datos personales.

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