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Fija parámetros sobre pesquisas

TC no paralizó las investigaciones a Dina Boluarte, solo limitó los actos más duros de la Fiscalía, según su abogado

Juan Carlos Portugal, integrante de la defensa de Dina Boluarte, explicó que el Tribunal Constitucional no paralizó las investigaciones contra la presidenta, sino que estableció restricciones.

TC no paralizó las investigaciones a Dina Boluarte
TC no paralizó las investigaciones a Dina Boluarte (Composición Exitosa)

25/09/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 25/09/2025

El abogado Juan Carlos Portugal, miembro del equipo legal de la presidenta Dina Boluarte, detalló este jueves los verdaderos alcances de la reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC) respecto a la demanda competencial vinculada a las investigaciones fiscales contra la mandataria.

Según señaló en diálogo con Exitosa, la resolución del máximo intérprete de la Constitución no suspende las pesquisas en curso, sino que establece un marco de actuación para la Fiscalía de la Nación. En concreto, se trata de una protección a la investidura presidencial frente a diligencias consideradas excesivamente invasivas.

El fallo inicial había declarado fundada la demanda competencial interpuesta por el Ejecutivo, y ahora, mediante la aclaración de oficio, se han precisado los límites que deberán respetar los fiscales. 

Portugal subrayó que el TC reconoció la validez de la investigación, pero restringió actos de investigación de "alta intensidad", como los allanamientos, incautaciones o el levantamiento del secreto de las comunicaciones.

Diligencias restringidas y permitidas

El pronunciamiento del Tribunal Constitucional señala que la Fiscalía no podrá ejecutar acciones que vulneren derechos constitucionales de un presidente en funciones, entre ellos, la inviolabilidad del domicilio y la intimidad de las comunicaciones. 

"No puedes allanar ni incautar discrecionalmente la vivienda de la presidenta", precisó Portugal.

No obstante, el fallo sí permite la realización de actos considerados de menor intensidad. Entre ellos, se encuentra la posibilidad de citar a la mandataria hasta en dos ocasiones en Palacio de Gobierno para rendir declaración. 

Asimismo, los pedidos de información o entrega de documentos deberán limitarse también a un máximo de dos veces.

De esta forma, el TC busca equilibrar la función investigadora del Ministerio Público con el respeto a la figura presidencial, estableciendo un marco legal más claro que reduce la discrecionalidad de los fiscales en casos que involucren a un jefe de Estado en funciones.

Improcedencia formal y precisión de oficio

En relación con la solicitud de aclaración presentada por la defensa de Boluarte, Portugal explicó que fue declarada improcedente debido a que la presidenta no es parte procesal, sino un tercero con interés en el proceso. Esa condición impedía que el tribunal resolviera directamente la petición.

Sin embargo, el TC tomó en cuenta la observación y aclaró de oficio el alcance de su fallo, con lo cual introdujo precisiones clave: tanto las citaciones como los pedidos de información solo podrán realizarse dos veces como máximo. Esta corrección eliminó las ambigüedades de la sentencia inicial y cerró el debate sobre el alcance de las diligencias permitidas.

La defensa de Dina Boluarte destacó que esta medida fortalece la seguridad jurídica y evita interpretaciones amplias que pudieran generar choques institucionales entre el Ministerio Público y la Presidencia de la República.

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