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Eutanasia: ¡Importante! Ecuador despenaliza muerte asistida tras demanda de paciente

A través de sus redes, la Corte Constitucional de Ecuador informó los detalles sobre la sentencia que resolvió despenalizar la eutanasia en dicho país.

Ciudadana Paola Roldán.
Ciudadana Paola Roldán. (Difusión)

07/02/2024 / Exitosa Noticias / Mundo / Actualizado al 07/02/2024

La Corte Constitucional (CC) de Ecuador despenalizó la eutanasia en el país andino, al responder a una demanda de inconstitucionalidad presentada por Paola Roldán, una paciente de 42 años que padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA).

¡Importante decisión!

Mediante su cuenta oficial de 'X', antes Twitter, la Corte Constitucional ecuatoriana anunció la resolución de la Sentencia 67-23-IN/24, respecto a la eutanasia.

"En sesión extraordinaria de 5 de febrero del 2024, este Organismo resolvió la acción pública de inconstitucionalidad 67-23-IN/24 propuesta en contra del artículo 144 del COIP, que tipifica el delito de homicidio, en relación con la eutanasia activa", señalan en la sentencia.

De tal modo, se conoció que esta decisión de mayoría del Pleno de la Corte Constitucional cuenta con siete votos a favor, uno de ellos concurrente y dos votos salvados.

Sobre Paola Roldán

Cabe mencionar que, esta sentencia se emite en respuesta a la solicitud de Paola Roldán, una mujer de 42 años que padece una enfermedad terminal e incurable que afecta los músculos del cuerpo y limita el movimiento de las extremidades.

Roldán había solicitado la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece penas de entre 10 y 13 años de prisión "a persona que mate a otra", por lo que hasta ahora se consideraba a la eutanasia como homicidio.

Sobre sentencia del CC Ecuador

Al respecto, la Corte Constitucional de Ecuador resolvió declarar la "constitucionalidad condicionada" de ese artículo y aclaró que "será constitucional siempre y cuando no se sancione la eutanasia activa".

Esto es, en el supuesto en el que "el médico realice la conducta contenida en la referida norma"; y "una persona, expresando su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa". 

Asimismo, indica que la muerte asistida será por "el sufrimiento intenso provocado por una lesión que necesariamente deberá ser de carácter corporal, grave e irreversible o una enfermedad que sea grave e incurable".

"Recibí esta noticia muy conmovida y con alivio. Hubo días que pensé que nunca iba a encontrar resultado de esta demanda. Hoy ha sido un momento muy especial para mí", dijo Roldán en rueda de prensa por Zoom con sus abogados tras conocer la noticia.

De esta manera, la Corte Constitucional (CC) de Ecuador despenalizó la eutanasia en el país andino, al responder a una demanda de inconstitucionalidad presentada por Paola Roldán, una paciente de 42 años que padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA).